BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 22/05/2006
Dra. NORMA ISSA, Pte. de Trámite, en la Vocalía N° 9, de la Sala IIIra. Cámara Civil y Comercial, de la Prov. de Jujuy, en el Expte. N° B – 83573/02, Caratulado: Ordinario…; LOPEZ LUIS P. C/ PEDRO SIAREZ Y OTRO, al Sr. RICARDO VILLA ARAMAYO, se le hace saber lo siguiente: San Salvador de Jujuy, 30 de Abril 2002.- I) Atento el informe actuarial que antecede, hácese efectivo el apercibimiento para el demandado, RICARDO VILLA ARAMAYO dispuesto a Fs. 35, teniéndose por contestada la demanda instaurada, conforme las disposiciones del art. 298 del CPC.- Siendo que el demandado, no se encuentra notificado en persona, designase al Sr. DEFENSOR DE POBRES Y AUSENTES en su representación, intimándolo para que en el plazo de CINCO DIAS, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar la causa según su estado ( Art. 196 del CPC.)…- II) Notifíquese ( arts.155 y 156 del CPC).- FDO. DRA NORMA B. ISSA – Pte. de Trámite, ante mi Sr. SERGIO GARCIA – secretario.-
Los edictos se publicaran en el Boletín Oficial y un diario Local, por tres veces en cinco días.-
San Salvador de Jujuy, 7 de Abril del año 2006.-
17/19/22 MAYO LIQ. Nº 52951 $ 17,70








