BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 15/05/2006
La DRA. MARÍA VIRGINIA PAGANINI – Vocal de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial en el Expte. Nº B-115.569/05, caratulado: “Ordinario por Usucapión: GUTIÉRREZ Genoveva Egberta c/ Primera Hilandería y Tejeduría Jujeña S.A. O Primera Hilandería y Tejeduría Jujeña Sociedad Mixta”, ordena publicar el decreto que se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, octubre 31 de 2.005. Atento al estado de la causa . . . Asimismo, notifíquese la providencia de fs. 18, mediante edictos a publicarse en un diario local y en el Boletín Oficial, por el término de tres veces en cinco días . . . Fdo. DRA. MARÍA VIRGINIA PAGANINI – Vocal Pte. de Trámite, ante mí: DR. JULIO NIETO – Secretario Sala I- PROVIDENCIA DE FS. 18: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 DE FEBRERO DE 2.005. Téngase por presentada la Sra. GENOVEVA EGBERTA GUTIÉRREZ con el patrocinio letrado de la Dra. GRACIELA COMAS, y por constituido domicilio legal y por parte. Proveyendo a lo solicitado en el escrito de fs. 14/17, de la demanda Ordinaria por Usucapión promovida por la Sra. GENOVEVA EGBERTA GUTIÉRREZ contra la PRIMERA HILANDERÍA Y TEJEDURÍA JUJEÑA S.A. O PRIMERA HILANDERÍA Y TEJEDURÍA JUJEÑA SOCIEDAD MIXTA, de la misma córrase traslado por el término de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de tenerla por contestada en los términos del art. 298 del C.P.C.. En igual plazo, intímeselos a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms. de asiento de ésta Sala I, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del C.P.C. En virtud de lo dispuesto por el art. 24 inc. a) y d) de la Ley 14.159, dese la debida participación al Estado Provincial. Notificaciones en secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. Fdo. DRA. MARÍA VIRGINIA PAGANINI – Vocal –, ante mí: Dr. JULIO A. NIETO – Secretario Sala I”.- SAN SALVADOR DE JUJUY, noviembre 08 de 2.005.-
10/12/15 MAYO LIQ. Nº 52881 $ 17,70








