BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 15/05/2006
Acta de Asamblea de Socios
En la ciudad de San Pedro, Dpto. San Pedro, provincia de Jujuy, en el día de la fecha 27 de Abril de dos mil seis (27/04/2006), siendo horas 19:00 y en la sede social de calle Juan I. Gorriti Nº 411, San Pedro (Jujuy), se reúnen los señores Blanca Beatriz Bellino y Miguel Angel Alvarez, socios de la sociedad comercial La Perla del Ramal S.R.L. Siendo que las dos personas reunidas en este cónclave representan el cien por ciento (100%) del capital social de la firma mencionada, se concluye que la presente Asamblea de Socios se hace con la presencia de la voluntad social íntegra.
Toma la palabra la Sra. Blanca Beatriz Bellino a fin de explicar que conforme cláusula décimo segunda del Contrato Social, se abocó a la tarea de tramitar ante el Registro Público de Comercio la inscripción de la Sociedad. Que ante la observación realizada por dicha Autoridad Judicial respecto a la integración del Capital Social previsto en cláusula Cuarta, en relación a la conformación de los bienes que habrán de constituir el Activo inicial y de origen de la Sociedad (Capital Social), en cuanto a aportes en especie o dinero efectivo, se torna necesario la modificación de la cláusula Cuarta para encuadrar correctamente la misma dentro de la legislación vigente en la materia. Asimismo, indica por último, que la citada modificación vendrá a ratificar lo que desde un principio y desde siempre, los socios tuvieron en vista y decisión, cual es la de concretar sus integraciones por las obligaciones asumidas para con la sociedad en concepto de suscripción de capital, en forma de dinero efectivo.
Efectuado este breve pero ilustrativa explicación de los hechos sobre los que deberá decidir esta reunión social, la socia preopinante mociona que sea modificada la cláusula cuarta del Contrato Social, de manera que quede redactada de la siguiente forma:
CUARTO: El Capital Social se fija en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) dividido en mil cuotas de valor nominal PESOS DIEZ ($ 10,00) cada una que los socios suscriben en partes iguales; o sea, el socio Miguel Angel Alvarez suscribe quinientas (500) cuotas sociales y el socio Blanca Beatriz Bellino suscribe las restantes quinientas (500) cuotas sociales. Los socios integran dicho capital social en dinero efectivo conforme su participación, acreditando en el iter constitutivo a favor de la sociedad un veinticinco por ciento (25%) de sus obligaciones, y el saldo restante en el plazo legal de conformidad con el Artículo 149 –segundo párrafo- de la ley 19550 (t.o.)
De manera inmediata ambos socios deciden aceptar la moción planteada, quedando en consecuencia establecida la cláusula cuarta del Contrato Social conforme la redacción que antecede. No habiendo más asuntos para tratar, se da por finalizada esta Asamblea siendo horas 20.00 del día 27 de Abril de 2006.-
ACT. NOT. A 00419032
ESC. PUB. MARIA VALERIA BORDALLO, adsc. del reg. Nº 40, San Pedro de Jujuy.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de mayo de 2006.-
DR. RAMON ANTONIO SOSA
Jefe de Mesa Gral. de Entrada
Por habilitación al Juzgado de Comercio
15 MAYO LIQ. Nº 52940 $ 101,70








