BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 12/05/2006
Dra. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS, Juez en lo Civil y Comercial de Primera Instancia Nº6 – Secretaria Nº 11, en el Expte. Nº B-144.744/05, caratulado: EJECUTIVO – EMBARGO PREVENTIVO: BLANCO, CELINA c/ LOPEZ, DIEGO GUSTAVO.” Cita y emplaza al demandado DIEGO GUSTAVO BENJAMIN LOPEZ para que en el término de CINCO DIAS a partir de la última publicación de edictos, pague ante este Juzgado y Secretaria la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS.-($1.500.) en concepto de capital reclamado con más la de PESOS TRESCIENTOS.- ($300.-) calculados provisoriamente para responder a ulteriores del presente juicio. En defecto de pago se le hace saber que se ha trabado embargo preventivo sobre el automotor individualizado como: marca “RENAULT 18 GTL”, dominio VVN-446 y se lo cita de remate para que en igual término oponga excepciones legales que estime le corresponda, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Y por igual término deberá constituir domicilio legal dentro del radio de los 3 Km del asiento de este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del C.P.C. Publíquense edictos en el boletín Oficial y un diario local por el término de tres veces en cinco días. SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 de marzo de 2.006.-
12/15/17 MAYO LIQ. Nº 52921 $ 17,70








