BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 12/05/2006
Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº 4 – secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-120.378/04 caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: ELVIME S.R.L. C/ TORRES, MANUEL HORACIO Y AGÜERO, MANUEL DOMINGO” Notificar al codemandado, Sr. MANUEL DOMINGO AGÜERO, el proveído de fs. 20: SAN SALVADOR DE JUJUY, lunes 25 de Octubre del 2.004.- Por presentado el Sr. ELEAZAR, VICENTE MEDRANO con patrocinio letrado del Dr. ARIEL LEON RUIZ, en nombre y representación de la firma comercial ELVIME S.R.L. a mérito de la firma inserta al pie del escrito de representación, por constituido domicilio legal y por parte.- Atento a lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y c.c. de C.P.C., líbrese mandamiento de pago ejecución y embargo en contra de los Sres. TORRES, Manuel Ignacio y AGÜERO, Manuel Domingo, con domicilio denunciado, por la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA C/00/100 ( $2.340,00.-), en concepto de capital reclamado, con más de PESOS SETECIENTOS DOS C/00/100 ($702,00) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad de los demandados hasta cubrir ambas cantidades, designándole Depositario Judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.- Acto seguido lo citará de REMATE para que en el término de CINCO (5) DÍAS, comparezca ante éste Juzgado Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución. Requiérase manifestación sobre si los bines embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o el nombre del juez embargante.- asimismo se lo intimará a constituir domicilio legal dentro del radio de los 3 (TRES) Km. de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de Ley las posteriores resoluciones que se dicten, cualquiera sea su naturaleza (art. 52 y 154 del C.P.C.), haciéndole saber que los días de notificación en secretaria son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Del pedido de imputación de intereses córrasele traslado con las copias respectivas por el término antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiera lugar.- Al efecto comisiónase al Sr. Oficial de Justicia con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.- FDO. Dr. Roberto Siufi: juez ante mi Dra. OLGA V. IVACEVICH: SECRETARIA.-
Publique Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días.-
San Salvador de Jujuy, 19 de AGOSTO DE 2.005.-
Sra. MARIA JULIANA VERCELLONE, Secretaria Habilitada.-
08/10/12 MAYO LIQ. Nº 52861 $ 17,70








