BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/03/2006

DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 Secretaria Nº 11, en el Expte. Nº B-135468/05, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO BANSUD S.A. C/ CLAVIJO CLAUDIO ENRIQUE”.- hace saber por este medio al SR. CLAUDIO ENRIQUE CLAVIJO que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución: SAN SALVADOR DE JUJUY, 1º de marzo de 2.006.- AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: … RESUELVE: 1º).- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el BANCO MACRO BANSUD S.A. en contra de CLAUDIO ENRIQUE CLAVIJO, hasta hacerse el acreedor de integro pago de la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ( $3.500.-) con mas las costas del juicio y el interés a la tasa activa promedio que el Banco de la Nación Argentina cobra en sus operaciones de descuento de documentos comerciales desde la mora y hasta el efectivo pago, mas IVA si correspondiere.- 2º).- Imponer las costas al demandado vencido (Art. 102 del C.P.C.).- 3º).- Regular los honorarios profesionales de los Dres. SERGIO MARCELO JENEFES Y JUAN SEBASTIAN JENEFES en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y UNO ($ 171.-) y PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 343.-) como procurador y patrocinante, respectivamente por la labor desarrollada en autos, importe que devengara un interés conforme a la tasa consignada para el capital, desde igual época, pero hasta la fecha de la sentencia. De ahí en mas y solo en caso de mora devengara interés conforme a la tasa pasiva promedio que fija diariamente el Banco Central de la República Argentina, la que será calculada conforme a la formula que establece el comunicado 14.290 del B.C.R.A., hasta su efectivo pago, mas IVA si correspondiere.- 4º) Notificar por edictos y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – Juez. Ante : DRA. MARIA SUSANA ZARIF – SECRETARIA”.-

Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local TRES VECES en CINCO DIAS-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 marzo de 2006.-

29/31 MARZO 03 ABRIL LIQ. Nº 52579 $ 17,70