BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/03/2006

DR. EDUARDO HORACIO CONDE, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaria Nº 15, en el Expte. Nº A- 28510/05, caratulado: CONCURSO PREVENTIVO solicitado por COMESTIBLES NORTE S.A., ha dictado la siguiente resolución: “SAN PEDRO DE JUJUY, 06 de marzo de 2006, AUTOS Y VISTOS:…RESULTA:…Y CONSIDERANDO:…RESUELVO: 1.- Declarar la apertura del CONCURSO PREVENTIVO DE COMESTIBLES NORTE S.A. con domicilio en calle Rogelio Leach Nº 380 de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, conforme a lo expuesto en los considerandos de este pronunciamiento, el que tramitara por las normas aplicables al pequeño concurso (art. 288, 289, y ccs. de la Ley 24.522). 2.- Fijar audiencia para el sorteo del Sindico que será elegido en base al listado correspondiente al Juzgado, para el día 30 de marzo de 2006 a hs. 10, en dependencias de Supertendencia del Superior Tribunal de Justicia.- 3.- Establecer que el día 23 de mayo de 2006, venera el plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación al Sindico; establecer que el día 27 de julio de 2006, deberá la Sindicatura presentar los informes individuales, y que el día 31 de agosto de 2006 deberá dicho órgano presentar su informe general.- 4.- Ordenar la publicación de edictos en la forma y por el plazo dispuesto por el art. 27 de la ley Nº 24.522,lo que deberá ocurrir en el plazo de tres días de notificado el presente auto.- 5.- Ordenar al deudor que mantengan los libros legales denunciados en la sede de la administración hasta tanto la secretaria Interviniente se constituya a los fines dispuesto por el inc. 5 de art. 14 de la ley 24.522, lo que deberá ocurrir dentro del plazo de tres días de notificado el presente auto.- 6.- Librar Oficios a secretaria única a cargo de los Juzgados del Registro Público de Comercio, ordenándole la anotación de la apertura del concurso en el Registro Publico de Concursos y requerir informe a dicha repartición sobre la existencia de concursos o quiebras anteriores.- 7.- Disponer la inhibición general para vender o gravar bienes registrables de la concursada y librar oficio a los Registro de Inmobiliarios, del Automotor Delegación Libertador General San Martin, San Pedro, y de San Salvador de Jujuy Nº 1, 2 y 3 y Prendarios para la anotación e dicha medida.- 8.- Intimar a la concursada para que dentro de los tres días de notificada, deposite en el Juzgado y Secretaria del concurso la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200), que se estima provisoriamente como necesaria para atender a los gastos de correspondencia. 9.- Citar a los interesados a la audiencia informativa prevista en el inc. 10 el art. 14 de la ley Nº 24.522, la que se realizara el día 15 de febrero de 2007.- Y coherentemente, fijar el plazo de vencimiento del periodo de exclusividad en el día 24 de febrero de 2007.- 10.- Ordenar la remisión a este Juzgado y Secretaria de todos los juicios de contenido patrimonial que se sigan en contra el concursado salvo los procesos de expropiación y lo que se funden en relaciones de familiar. Prohibir la deducción de nuevas acciones de contenido patrimonial contra los concursados por causa o títulos anterior a la presentación, salvo las que no sean susceptibles de suspensión según el inc. 1 del art. 21 de la ley 24.522. Librar los respectivos oficios.- 11.- Agregar copia en autos, notificar, hacer saber a la excelentísima Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Salvador de Jujuy, protocolizar, etc.-

29/31 MARZO 03/05/07 ABRIL LIQ. Nº 52570 $ 29,50.-