BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 27/03/2006
CENTRO JUDICIAL SAN PEDRO DE JUJUY
CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL – SALA IV –
VOCALIA: Dr. HUGO ALFREDO BELTRAMO, en el Expte. Nº A-20570/03, caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: DANIEL ALEJANDRO DIAZ c/ JORGE HECTOR ESPAÑA y LUIS ANTONIO AGUILERA Y FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.” procede a notificar el decreto que a continuación se transcribe: “///San Pedro de Jujuy, 07 de Marzo del 2006.-I.-Téngase presente la ampliación de demanda formulada por la actora, de las mismas y las que corren agregadas a fs. 02/08 de autos, córrasele traslado a los codemandados JORGE HECTOR ESPAÑA y LUIS ANTONIO AGUILERA en los domicilios denunciados, para que la contesten en el plazo de QUINCE DIAS, con mas CINCO DIAS de ampliación legal en razón de la distancia para el último de los precitados, bajo apercibimiento de tenerlos por contestado si no lo hicieren.-(art. 298 C.P.Civil).-II.- Intímense a los accionados para que en el plazo antes señalado constituyan domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros ( 3 kms.) del asiento de esta Sala IV, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones-cualesquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley (art. 52 C.P.Civil). Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- III.- Conforme lo peticionado por la actora, y atento a lo dispuesto por el art. 79 del Código Procesal Civil y art. 118 de la Ley de Seguros Nº 17418, cítanse como tercero en garantía de la controversia a FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A. en el domicilio denunciado y emplázaselo a fin de que en el término de QUINCE DIAS con mas VEINTIDOS DIAS, respectivamente, de ampliación legal en razón de la distancia, comparezca para estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a intervenir en el proceso, si así no lo hicieren.- Asimismo, intímeselos para que en el plazo antes señalado constituyan domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros (3 kms.) del asiento de esta Sala Cuarta, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones-cualesquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley (art. 52 C.P.Civil). Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- IV.- A lo peticionado a fs. 373, ha lugar, en consecuencia, por Secretaría, procédase a poner en conocimiento a la superintendencia de Seguros de La Nación la tramitación de la presente demanda y su objeto, a los fines previstos por la Ley 20091.-Para tales efectos líbrese Carta Documento facultándose al Dr. Miguel A. Cabezas y/o la persona que el mismo indique para su diligenciamiento.- V.- Notifíquese por Carta Documento a Luis A. Aguilera y Federación patronal de Seguros S.A., con respecto al codemandado Jorge H. España, la notificación deberá efectuarse por Edictos publicándose por tres veces en cinco días en un diario de circulación provincial y el Boletín Oficial, debiendo la actora efectuar su diligenciamiento.- VI.- Notifíquese.- Fdo. Dr. HUGO ALFREDO BELTRAMO – Vocal Pte. Trámite – Ante Mí Dr. JUAN CARLOS CORREA – Secretario – ES COPIA-
Publíquese por tres ( 3 ) veces en cinco ( 5 ) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.-
San Pedro de Jujuy, 08 de Marzo del 2006.-
20/22/27 MARZO LIQ. Nº 52535 $ 17.70








