BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 13/02/2006
DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 – Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-104964/03 Caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: PROVENCRED II SUC. ARG. C/ GOMEZ, HILARIA RAMONA la siguiente resolución que a continuación se transcribe en todas sus partes:/// SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 DE NOVIEMBRE del 2005.- AUTOS…Y… VISTOS: RESULTA: CONSIDERANDO:…RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la razón social PROVENCRED II – SUCURSAL ARGENTINA, en contra de la SRA. HILARIA RAMONA GOMEZ, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTIDOS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($522.75) con las costas del juicio y el interés de la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (art. 565 del C. Civil) desde la mora y hasta el efectivo pago, con más el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dicha tasa en concepto de interés punitorios.- II .- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C) III.- Regular los honorarios profesionales del DR. BLAS ESTEBAN GONZALEZ GARCIA en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450.-), por la labor profesional desarrollada en autos. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengaran un interés conforme a la tasa activa promedio, aplicando la formula sugerida por el comunicado Nº 14.290 del Banco Central de la República Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 45-F*977/978 Nº 429, más IVA si correspondiere.- IV- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 31 en contra de la Sra. HILARIA RAMONA GOMEZ, mandándose notificar la presente Resolución mediante publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. V- Firme la presente intimase a la parte actora a retirar por secretaria el documento original en el término de CINCO DIAS bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI- Agréguese copia en autos, hace saber, protocolizar, etc. FDO. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, JUEZ ANTE MI MARIA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA – PROSECRETARIA .-
Se deja constancia que las copias para TRASLADO de la demanda, se encuentran en Secretaría a su disposición.-
Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS
Prosecretario: MARIA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA.- SAN SALVADO DE JUJUY, 19 DE DICIEMBRE DE 2005.-
10/13/15 FEB. /06 LIQ. Nº 50774 $ 17.70








