BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 02/01/2006

Dra. NORMA ISSA. Pte. de trámite, en la Vocalía Nº 9, de la Sala III ra. Cámara Civil y Comercial. de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-140467/05, caratulado: Ordinario…: MARIA CHAMBI C/ ADOLFO FLORES Y OTROS, a los Sres. ADOLFO FLORES Y CECILIA PUCA DE FLORES, se hace saber lo siguiente: San Salvador de Jujuy, 15 de Noviembre del 2005.- I) Conforme lo solicitado en el escrito que antecede: De la DEMANDA entablada (fs. 89/90):TRASLADO a los accionados, ADOLFO FLORES Y CECILIA PUCA DE FLORES, quienes deberá contestar la demanda en el plazo de QUINCE DIAS, contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los edictos que para la presente notificación se publicarán en el Boletín Oficial y un diario de la Provincia de Jujuy, por tres veces en cinco días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada (art. 298 del C.P.C) y se designe como su representante al Sr. Oficial de Pobres y Ausentes ( art. 109 inc. 9 de la L.O.P.J. ) e intìmasela para que en el término otorgado supra constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del C.P.C.- Se hará constar que las copias para traslado se encuentran a disposición del interesado en Secretaría.- II ) Notifíquese ( art.154 del C. P. C. ).-Fdo. Dra. NORMA B. ISSA – Pte. de Trámite, ante mí Dra. NORA AIZAMA – Secretaria.-

San Salvador de Jujuy, 16 de Noviembre del año 2005.-

Fdo. Dra. NORA CRISTINA AIZAMA-Secretaria -SALA III -Voc. 9- Cámara Civil y Comercial.-

2/4/6 DE ENERO/06. LIQ. Nº 50655 $17.70

DR. JOSE LUIS CARDERO – JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1, SECRETARIA Nº 2, en el Expte. Nº B-138925/05 caratulado “EJECUTIVO: GUTIERREZ, DAVID SAMUEL C/ YURQUINA VEGA, BENIGNO”, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia:

PROVIDENCIA DE FS. 30: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Noviembre de 2.005. Atento las constancias de autos y lo solicitado en el escrito que antecede, notifíquese por edictos al demandado Sr. BENIGNO YURQUINA VEGA que en este juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y en conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 y 48 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de PESOS: CUATRO MIL ($4000,00.-), con mas la de PESOS: UN MIL DOSCIENTOS ($1.200,00.-) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, hágasele saber que se convertirá en definitivo el Embargo trabado sobre el vehículo individualizado como dominio BZB 793. Asimismo, cítaselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS; posteriores a la ultima publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo corrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Ítem. A tal fin publíquese edictos en un diario local y boletín oficial TRES VECES en CINCO DIAS. Dr. JOSE LUIS CARDERO, JUEZ, Ante mi DRA. MARIA GRACIELA RODRIGUEZ, SECRETARIA”.-

ES COPIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Noviembre de 2.005.-

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