BOLETÍN OFICIAL Nº 15 – 09/03/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE N° 18657 – 00 – 2.004.-
DECRETO N° 0105.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 ENE. 2005
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza Municipal N° 4.172/2.004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 27 celebrada el día 16 de Diciembre de 2.004, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/03) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios a la Sra. EPIFANIA ZOTAR por el inmueble de su propiedad individualizado como: Circunscripción 1, Sección 30, Lote 16, Manzana 292, Padrón A-1-62840/000, ubicado en EL Sector B-3 del Barrio Alto Comedero, correspondiente a los períodos 1.998 (cuotas 5° y 6°), 1.999, 2.000, 2.001, 2.002, 2.003 y 2.004, por ser persona de escasos recursos económicos.-
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.172/2.004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
09 MARZO S/C







