BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 21/12/2007

DR. JOSE LUIS CARDERO – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 1 SECRETARIA N° 1 de la Provincia de Jujuy, en los autos caratulados: Expte. B-158860/06: “EJECUTIVO: BANCO MACRO BANSUD S.A. C/ COSTILLA ROSALINA, se hace saber la siguiente Resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Noviembre del 2007: AUTOS Y VISTOS:…, CONSIDERANDO:…, RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BANCO MACRO BANSUD S.A., en contra de la Sra. COSTILLA ROSALINA, hasta hacerse el acreedor de integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES C/46/100 ($853,46), dicho monto devengara desde la mora del deudor (art. 509 del C.C.) hasta la fecha de cancelación de la obligación, el interés que surge de aplicar la tasa activa promedio igual al que fija mensualmente el Banco Nación de la República Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales.- II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 102 del C.P.C.).- III.- Diferir la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes hasta tanto se practique planilla de liquidación definitiva (Acda. N° 30/84 del Excmo. S.T.J.) y se de cumplimiento en el presente expediente con la resolución N° 689 de la AFIP – D.G.I..- IV.- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar la presente por Edicto (art. 162 del C.P.C.), y en lo sucesivo por Ministerio de Ley, art. 154 del C.P.C..- Fdo: Dr. Jose Luis Cardero– Juez.- Ante Mi: Dra. MARIA JOSEFINA VERCELLONE – Secretaria.-

Publiquese Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en el término de CINCO DÍAS – SECRETARIA N°1 – SAN SALVADOR DE JUY, 06 de Noviembre del 2007.-

19/21/26 DIC. LIQ. Nº 67584 $ 17,70.-