BOLETÍN OFICIAL Nº 138 – 14/12/2007

TRANSFERENCIA Y CESION DE CUOTAS SOCIALES

Entre el Señor GABRIEL ANDRES GIMENEZ argentino, D.N.I. Nº25.453.201, de estado civil soltero, mayor de edad, comerciante, con domicilio en esta ciudad, titular del 98% del capital social de la razón social Parador 34 Sociedad de Responsabilidad Limitada, inscripta en el Registro Público de Comercio el 01/07/03 al Folio 282 Acta 270 del Libro II de S.R.L. y bajo el Asiento Nº28 al Folio 263/267 del Legajo VIII del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. y Transferencia y Cesión de cuotas sociales de fecha 04 de octubre de 2.005, por una parte, en adelante como CEDENTE y por la otra el Sr. ROBERTO GABRIEL GIMENEZ, D.N.I. Nº12.891.028, argentino, comerciante, divorciado, domiciliado en Avda. Calilegua intersección Ruta Nº34 Bº La Loma, de esta ciudad, en adelante CESIONARIO, se ha convenido en celebrar el siguiente: CONTRATO DE TRANSFERENCIA Y CESION DE DERECHOS Y ACCIONES, que se regirá por la Ley 19.550 y las siguientes cláusulas que a continuación se detallan,.-

PRIMERA: El Socio Gabriel Andrés Giménez titular del noventa y ocho por ciento (98%) de las cuotas sociales VENDE, CEDE y TRANSFIERE en propiedad el cien por cien de los derechos y acciones que le corresponde en carácter de socio de la razón social “Parador 34 Sociedad de Responsabilidad Limitada” y que comprenden un total de tres mil cuatrocientos treinta (3.430) cuotas sociales del capital social. El cesionario acepta de conformidad la cesión

SEGUNDA: El precio de la presente transferencia y cesión de cuotas asciende a la suma total y única de PESOS VEINTICUATRO MIL ($24.000) que fueron abonados antes de este acto, de contado en efectivo que recibió el cedente de total conformidad sirviendo el presente de formal recibo y carta de pago en forma.-

TERCERA: En función de la transferencia citada en la cláusula primera, la constitución proporcional del Capital Social es la siguiente: ROBERTO GABRIEL GIMENEZ el noventa y ocho por ciento (98%) o sea tres mil cuatrocientas treinta (3.430) cuotas y SILVESTRE RAFAEL VILLALBA el dos por ciento (2%) o sea setenta (70) cuotas sociales del capital social. Todo lo cual hace el cien por cien (100%) del capital social compuesto de tres mil quinientas (3.500) cuotas sociales.-

CUARTA: Los resultados de los ejercicios posteriores a este instrumento de transferencia y Cesión de derechos y acciones, serán distribuidos entre los socios en la proporción fijada en la cláusula tercera del presente instrumento.-

QUINTA: Todas las demás cláusulas del Contrato Social original que no se modifican con el presente instrumento de transferencia y cesión de derechos y acciones, mantienen su plena vigencia en cuanto a los derechos y obligaciones entre los socios y demás conceptos. La dirección y administración de la sociedad seguirá a cargo del Sr. Roberto Gabriel Giménez, con las especificaciones y alcances descriptos en cláusula cuarta del contrato de Transferencia y Cesión de Cuotas sociales de fecha 04 de Octubre de 2.005.-

SEXTA: A partir del día de la fecha cesan todos los derechos y obligaciones que como socio tiene el Sr. Gabriel Andrés Giménez.-

SEPTIMA: No siendo para más el Cedente y Cesionario firman de conformidad con lo que queda instrumentada la Cesión de Transferencia de Derechos y Acciones entre las partes intervinientes citadas ut supra, autorizando al Dr. Roberto Emilio Barros a tramitar la inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.-

En prueba de conformidad con todo lo expresado se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Libertador General San Martín, Cabecera del Departamento Ledesma Provincia de Jujuy, a los nueve días del mes de Octubre del año 2007.-

ACT. NOT. Nº A 00523307, ESC. PUB. SILVIA GRACIELA MOYA DE CEPEDA, titular del reg. Nº 49, L. G. San Martin – Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de noviembre de 2007.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA

POR HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO

14 DIC. LIQ. Nº 67556 $ 52,70