BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 10/12/2007
Dr. Norberto A. Costamagna, juez del Juzgado de Primera instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 18, en el Expte. N° A-25.224/05, caratulado: “Concurso Preventivo solicitado por EDUARDO ABRAHAN BARCAT”, el señor Juez de la causa ha dictado la siguiente providencia: “San Pedro de Jujuy, 19 de noviembre de 2007.- I.- … II.- Cítese a los interesados a la Audiencia Informativa prevista en el inc. 10 del Art. 14 de la Ley 24.522, la que se realizará día 18 del mes de abril del año 2008, a horas nueve en dependencias del Juzgado y en concordancia, fíjese el Período de Exclusividad en el día 25 del mes de abril del año 2008. Dispónese la publicación de edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Prov. de Jujuy y en un diario de circulación local, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 27 de la Ley 24.522. lIl.- .. Fdo. Dr. Norberto A. Costamagna, Juez, ante mí Dr. Hugo César Moisés Herrera, Secretario.”
San Pedro de Jujuy, 19 de noviembre de 2007.
NOV. 03/05/10/12 DIC. LIQ. Nº 67507 $ 29,50
DR. NORBERTO A. COSTAMAGNA – Juez Habilitado – Primera Instancia Civil y Comercial Nº 8 – Secretaría Nº15, Centro Judicial San Pedro, Provincia de Jujuy, hace saber que en el expediente Nº A-32.470/06, caratulado: “Concurso Preventivo por garantía solicitado por Gloria Susana Tolaba”, se ha dictado la siguiente resolución: ///Pedro de Jujuy, Octubre 12 de 2007. AUTOS y VISTOS:… RESULTA: Que, a fs. 3/4 se presenta el Dr. Nicolás E. Yanicelli en nombre y representación de Gloria Susana Tolaba a mérito de la copia juramentada de poder general para juicios y especial para convocatoria de acreedores que rola a fs. 14/ 15/ 16 a solicitar la apertura del concurso preventivo de su representada … Y CONSIDERANDO:… RESUELVO: I.- Declarar la apertura del Concurso Preventivo de GLORIA SUSANA TOLABA, D.N.I. Nº 16.682.138, con domicilio en calle República del Líbano Nº 464, de ciudad Perico, Provincia de Jujuy, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de este pronunciamiento, el que se tramitara por las normas aplicables a los pequeños concursos (art. 288, 289 y cctes. de la ley 24.522) en caso del concurso del garante (art. 68 y cctes. De la ley 24.522).- . II.- Designar Síndico en este proceso al Síndico interviniente en el Expte. A-29.807/06, caratulado: “Pequeño Concurso de Jorge Raúl Arismendi”, CPN Víctor Hugo Duarte.- III.– Establecer que el día 21 de diciembre de 2007 vencerá el plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante al síndico. Establecer que el 14 de Marzo de 2008 deberá la sindicatura presentar los Informes Individuales y que el día 23 de mayo de 2008 deberá dicho órgano presentar el Informe General. IV.- Ordenar la publicación de edictos en la forma y por el plazo dispuestos por el artículo 27 de ley 24.522 en el Boletín Oficial de Jujuy y en un diario de circulación local. V.- Ordenar al deudor que mantenga los libros legales denunciados en la sede de la administración hasta tanto la Secretaría interviniente se constituya a los fines dispuestos por el inciso 5 del artículo 14 de la ley 24.522, lo que deberá ocurrir dentro del plazo de tres días de notificado la presente resolución. VI.- Librar oficio a la Secretaria Unica a cargo del Registro Publico de Comercio, ordenándole la anotación de la apertura del concurso en el Registro de Concursos y requerir informe a dicha repartición sobre la existencia de concursos o quiebras anteriores. VII.- Disponer la inhibición general para vender o gravar bienes registrables de la concursada y librar oficio al Registro Inmobiliario, del automotor y prendario para la anotación de dicha medida. VIII.- Intimar a la concursada para que, dentro de los tres días de notificada deposite en el Juzgado y Secretaría del concurso la suma de pesos doscientos ($200), que se estima provisoriamente para responder a los gastos de correspondencia. IX.- .Citar a los interesados a la audiencia informativa prevista en el inciso 10 del artículo 14 de la Ley 24.522, la que se realizará el día 03 de Julio de 2008 en sede de este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Nº 15, a horas 09,00 y, en concordancia, fijar el plazo de vencimiento del periodo de exclusividad en el día 10 de Julio de 2008. X.- Ordenar la remisión a este Juzgado y Secretaría de todos los juicios de contenido patrimonial que se sigan en contra de la concursada. Prohibir la deducción de nuevas acciones de contenido patrimonial contra la concursada, por causa o titulo anterior a la presentación, en los términos y con las salvedades previstas en el art. 21 de la legislación concursal. Librar los respectivos oficios. XI.- Correr vista al Síndico, por el plazo de diez días, desde la notificación de la presente, para que se pronuncie expresamente sobre los puntos consignados en el art. 14, inc. 11 (LCQ conforme redacción Ley 26.086). XII.- Hacer saber al Síndico las obligaciones y cumplimientos de los informes mensuales que ordena el art. 14, inc. 12 (LCQ conforme redacción Ley 26.086). XIII.- Agregar copia en autos, notificar, protocolizar.- FDO. DR. NORBERTO A. COSTAMAGNA –JUEZ HABILITADO – ANTE MI- DRA. NILDA GRACIELA YAPURA –SECRETARIA- .-
SAN PEDRO DE JUJUY, 18 DE OCTUBRE DE 2007.-
26/28/30 NOV. 05/10 DIC. LIQ. Nº 67482 $ 29,50








