BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 30/11/2007
CESION DE PARTICIPACIÓN Y MODIFICACIÓN DE CONTRATO SOCIAL DE FARMACIA EL INCA S.C.S.
Entre los SRES. CESAR ENRIQUE SALUM, D.N.I. Nº 17.080.187 con domicilio en Avenida Arturo Illia esquina José María Gutiérrez del Bº Los Perales, ANDRES ALEJANDRO SALUM D.N.I. Nº 18.130.913 con domicilio en José María Gutiérrez Nº 54 del Bº Los Perales, FABIOLA ISABEL PEREYRA D.N.I. Nº 18.256.796 con domicilio en Oscar Orías Nº 255 del Bº San Predito y el SR. ROBERTO DANIEL SALUM, D.N.I. Nº 23.053615 con domicilio en Libertad Nº 475 Bº Ciudad de Nieva, convienen en celebrar el presente contrato el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Situación fáctica previa a la firma del presente: Los Sres. Cesar Enrique Salum, Andrés Alejandro Salum y Fabiola Isabel Pereyra poseen la totalidad del capital social de FARMACIA EL INCA S.C.S. siendo los porcentajes que poseen cada uno los siguientes: Cesar Enrique Salum cuarenta y nueve por ciento (49%) socio comanditado, Andrés Alejandro Salum cincuenta por ciento (50%) socio comanditario y Fabiola Isabel Pereyra uno por ciento (1%) socio comanditado.-
SEGUNDA: Cesión de cuota parte: La Sra. Fabiola Isabel Pereyra cede en forma gratuita y sin cargo a favor de Roberto Daniel Salum la totalidad del interés social que posee en FARMACIA EL INCA S.C.S. subrogando a este en todos los derechos y acciones que la misma poseía en su calidad de socia comandita. El Sr. Cesar Enrique Salum cede a favor del Sr. Roberto Daniel Salum el dieciséis por ciento(16%) del interés social de FARMACIA EL INCA S.C.S dicha cesión se realiza por el precio de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($8.500,00) los cuales serán pagados conforme acuerdo privado celebrado entre las partes. El Sr. Andrés Alejandro Salum cede a favor del Sr. Roberto Daniel Salum el dieciséis por ciento (16%) del interés social de FARMACIA EL INCA S.C.S dicha cesión se realiza por el precio de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($8.500,00) los cuales serán pagados conforme acuerdo privado celebrado entre las partes.-
TERCERA: Modificación contractual: A los efectos de adecuar el tipo social a la Ley 17565 se introducen las siguientes modificaciones al contrato societario de FARMACIA EL INCA S.C.S.: 1º) Modificase la cláusula 3ª en lo que respecta a la distribución del capital social, el cual estará distribuido en un sesenta y siete por ciento (67%) como capital comanditario y un treinta y tres por ciento (33%) como capital comanditado, representando cada socio el siguiente interés social: Cesar Enrique Salum treinta y tres por ciento (33%) socio comanditario, Andrés Alejandro Salum treinta y cuatro por ciento (34%) socio comanditario y Roberto Daniel Salum y treinta y tres por ciento (33%) socio comanditado. 2ª) Modificase la cláusula 4ª en lo referido al plazo de duración de la sociedad, el cual se fija por el termino de diez (10) años a contar desde la firma del presente. 3º) Modificase la cláusula 5ª en lo referido a la administración y representación legal de la sociedad, la cual quedara exclusivamente a cargo del socio comanditado Roberto Daniel Salum con las mismas prerrogativas y limitaciones impuestas en el contrato original. La dirección técnica de la farmacia podrá ser ejercida por un profesional farmacéutico no socio bajo la modalidad contractual que se considere conveniente. 4º) Sustitúyase completamente la cláusula 6ª, la cual quedara redactada de la siguiente forma: Los honorarios o emolumentos que percíbale socio comanditado Roberto Daniel Salum por la administración y presentación de la sociedad serán fijados en forma privada en asamblea societaria.-
CUARTA: Asentimiento societario y conyugal: Los socios Cesar Enrique Salum y Andrés Alejandro Salum prestan expresamente asentimiento societario a las cesiones efectuadas en la cláusula 2ª, las Sras. Susana del Carmen Pita Almenar D.N.I. Nº 18.090.496 y Valeria Marciani D.N.I. Nº 18.130.585, cónyuges de Cesar Enrique Salum y Andrés Alejandro Salum respectivamente, prestan expreso consentimiento a las cesiones efectuadas en la cláusula 2ª.-
QUINTA: Aclaraciones finales: Se aclara que el socio comanditado Roberto Daniel Salum posee titulo habilitante de farmacéutico. El Sr. Cesar Enrique Salum dejara de ser socio comanditado y revestirá la calidad de socio comanditario sin injerencia en la administración de la sociedad. En todas las cláusulas del contrato original que figure el nombre de Fabiola Isabel Pereyra y que no hubieren sido sustituidas especialmente en este contrato deberá entenderse que dicho nombre es sustituido por el de Roberto Daniel Salum.-
En prueba de conformidad y como constancia se firman cinco ejemplares de un mismo tenor a los once días del mes de septiembre del año dos mil seis.-
ACT. NOT. Nº A 00452594, ESC. PUB. MARIA SUSANA BLASCO, titular del reg. Nº 66. S. S. DE JUJUY.
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de noviembre de 2007.-
DR. RAMON ANTONIO SOSA
Jefe de Mesa General de Entrada
Por Habilitación al Juzgado de Comercio
30 NOV. LIQ. Nº 67509 $ 52,70








