BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 16/11/2007

Escritura Numero Ciento ochenta y siete.- Nº 187.- Cesión de cuotas de “AB CONSTRUCCIONES SRL” otorgada por Hugo ALEXANDER a favor de Carolina ALEXANDER y Alejandro ALEXANDER.-.

En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de esta Provincia de Jujuy, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil siete, ante mi Corina Celia BRIZUELA DE ROJO, Escribana Titular del Registro Nº 27, comparecen: por una parte don Hugo ALEXANDER, argentino, Libreta de Enrolamiento Nº 7.645.939, CUIT 20-07645939-9, de 59 años de edad, asistido por su cónyuge en primeras nupcias Carmen Gloria BALUT Libreta Cívica Nº 6.435.163 quien concurre al solo efecto de prestar conformidad, de profesión Comerciante, con domicilio en Avenida Fascio Nº 976 de esta Ciudad; Carmen ALEXANDER, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 23.581.815, CUIL 27-23581815-4, de 33 años de edad, casada en primeras nupcias con Adrián Esteban Siufi, de profesión Licenciada en Relaciones Internacionales, con domicilio en calle Güemes Nº 1378 PB departamento “C” de esta Ciudad; Juan José ALEXANDER, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 25.377.157, CUIT 20-25377157-8, soltero, de 31 años de edad, de profesión Contador Público, con domicilio en Avenida Fascio Nº 976 de esta Ciudad; y por la otra parte doña Carolina ALEXANDER, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 22.561.696, CUIT 27-22561696-0, divorciada, Escribana, de 33 años de edad, con domicilio en calle Lamadrid Nº 665 de esta Ciudad y don Alejandro ALEXANDER, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 31.036.155, CUIL 20- 31036155-1, soltero, estudiante, de 22 años de edad, con domicilio en calle con domicilio en Avenida Fascio Nº 976 de esta Ciudad.- Todos los comparecientes son mayores de edad, a quienes identifico de conformidad a lo establecido por el artículo 1002 inciso “a” del Código Civil (Ley 26.140) por ser de mi conocimiento.- INTERVIENEN: los nombrados en segundo término por si y don Hugo ALEXANDER, Carmen ALEXANDER y Juan José ALEXANDER lo hacen en el carácter de únicos socios de la sociedad que gira en esta plaza bajo la denominación de “ab Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada CUIT 30-57637424-7”, con domicilio en Avenida Almirante Brown 198 del barrio del mismo nombre de esta ciudad; lo que acreditan con los siguientes instrumentos: a) Constitución de Sociedad, de fecha 20 de diciembre de 1978, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 4005, al Folio 88/91, del Tomo I del Legajo XLIV del Registro de Escrituras Mercantiles y al Folio 447, Acta Nº 2898 del Libro VII de la Matrícula de Comerciantes; b) Modificación en cuanto a su denominación, de fecha 28 de setiembre de 1979, registrada bajo Asiento Nº 4.155, al Folio 509, del Tomo II del Legajo XLV, del Registro de Escrituras Mercantiles; c) Modificación por Transferencia de Fondo de Comercio, Aumento de Capital, Ampliación del Objeto Societario, Solicitud de Cancelación de la Matrícula en el Registro Público de Comercio de “Corralón El Mercado S.R.L. “Constitución de Nuevo Domicilio Social, de fecha 21 de julio de 1980, registrada bajo Asiento Nº 4160, al Folio 534/548, del Tomo II del Legajo XLV del Registro de Escrituras Mercantiles; d) Modificación de Contrato Social de “AB CONSTRUCCIONES S.R.L.” de fecha 9 de noviembre de 1988, registrada al Folio 447- Acta Nº 2898, del Libro VII de la Matrícula de Comerciantes (Anexo) y bajo Asiento Nº 110, al Folio 365-1990 del Legajo I, del Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles; e) Cesión de Cuotas Sociales y Modificación de Contrato Social, de fecha 19 de febrero de 1992, registrada bajo Asiento Nº 140, al Folio 482/484 S.R.L. del Legajo I del Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles; f) Cesión de Cuotas Sociales S.R.L. y Modificación de Contrato, de fecha 8 de abril de 1994;inscripta bajo Asiento 29 folio 84/86 de SRL, legajo II Tomo I del Reg. de Esc. Mercantiles con fecha 25 de agosto de l994; g) Cesión de Cuota con fecha 26 de diciembre del año 2003, inscripto en el Registro Publico de Comercio de esta Provincia bajo el Asiento Nº 25, folio 131/136, del legajo VII del Libro de Marginales del Reg. de Esc. Mercantiles con fecha 31 de mayo de 2004; h) Cesión de Cuota y modificación de fecha 26 de marzo del año 2004, inscripto en el Registro Publico de Comercio de esta Provincia bajo el Asiento Nº 35, folio 170/173, del legajo VII del Libro de Marginales del Reg. de Esc. Mercantiles con fecha 12 de julio de 2004; e i) Modificación de contrato de fecha 16 de agosto del año 2006, inscripto en el Registro Publico de Comercio de esta Provincia bajo el Asiento Nº 56, folio 303/306, del legajo XI del Libro de Marginales del Reg. de Esc. Mercantiles con fecha 25 de septiembre de 2004; instrumentos que tengo a la vista y contiene facultades suficientes para este acto.- Y los comparecientes dicen: Primera: Exposición: Que don Hugo ALEXANDER, Carmen ALEXANDER y Juan José ALEXANDER son socios titulares de la totalidad del capital social, de “ab Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada”; que el Capital Nominal asciende a la suma de Pesos Ley 18.188 Seiscientos Cincuenta y Ocho Millones Ciento Tres Mil Quinientos ($ 658.103.500), dividido en sesenta y cinco mil ochocientas diez (65.810) Cuotas de Pesos Ley 18.188 Diez Mil ($10.000); que le corresponden a don Hugo ALEXANDER cincuenta y nueve mil doscientas veinte (59.230) cuotas y a Carmen ALEXANDER y Juan José ALEXANDER tres mil doscientas noventa (3.290) cuotas a cada uno; que don Hugo ALEXANDER, ha resuelto ceder a Carolina ALEXANDER, y a Alejandro ALEXANDER, 3.290 cuotas a cada uno; que los otros socios se encuentran conforme con dicha operación.- Segunda: Estipulación: don Hugo ALEXANDER, TRANSFIERE A TITULO DE CESIÓN GRATUITA a doña Carolina ALEXANDER tres mil doscientas noventa (3.290) Cuotas del Capital Social, de Pesos Ley 18.188 Diez mil cada una (hoy Pesos Un Millonésimo Centavo: $0.000001), representativas del 5% del Capital Social y a don Alejandro ALEXANDER, tres mil doscientas noventa (3.290) Cuotas del Capital Social, de Pesos Ley 18.188 Diez mil cada una (hoy Pesos Un Millonésimo Centavo: $0.000001), representativas del 5% del Capital Social; transfiriéndole a los cesionarios respecto de las cuotas de capital social cedidas, todos los derechos de propiedad, posesión y sus accesorios, subrogándolos en los derechos y obligaciones inherentes a las mismas, que podrán ser ejercidos en el tiempo y forma que lo crean conveniente y ante quienes fuere menester.- Tercera: Aceptación: Por su parte doña Carolina ALEXANDER y don Alejandro ALEXANDER, aceptan la transmisión realizada a su favor y se integran a la sociedad en el carácter de Socios.- Cuarta: Estado actual del Capital Social: El Capital Social suscripto e integrado, queda dividido en sesenta y cinco mil ochocientas diez (65.810) cuotas de pesos Ley 18.188 5% del Capital Social; y Alejandro Alexander le corresponden tres mil doscientas noventa (3.290) cuotas, que representan el 5% del Capital Social.- Quinta Administración: Los socios convienen que don Hugo Alexander, continuará en el carácter de único socio gerente de la “Sociedad ab Construcciones SRL”, quien tendrá la representación de la sociedad y el uso de la firma social.- Sexta: Conformidad de los Socios: doña Carmen ALEXANDER y don Juan José ALEXANDER, prestan conformidad con la cesión que se efectúa por el presente instrumento, de acuerdo a lo establecido en la cláusula séptima del contrato social.- Séptima: Asentimiento Conyugal: doña Carmen Gloria BALUT, cónyuge del cedente, presente desde un comienzo, presta su asentimiento de conformidad a lo dispuesto por el artículo 1277 del Código Civil.- Octava: Autorización: Los otorgantes facultan a la Escribana Autorizante Titular del Registro Nº 27 para que realice los tramites de la inscripción de este instrumento ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy.- CONSTANCIAS NOTARIALES: 1- Informe Registral: del certificado expedido por la Dirección Provincial de Inmuebles bajo el Nº 15.438 de fecha 24 de octubre del corriente año, surge que don Hugo ALEXANDER no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes.- 2- Impuesto a los Sellos: Su Retención: se deja constancia que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 176 del Código Fiscal y Resolución 880/99 de la Dirección Provincial de Rentas, el impuesto a los sellos será ingresado en forma global mediante declaración jurada ante la mencionada dirección.- 2- Resoluciones Generales 348 y 1817 AFIP- DGI: Se dejo constancia del CUIL y del CUIT de los otorgantes y se consulto vía Internet la condición tributaria de los que la invocaron.- 3- Legajo de Comprobantes: Se agregan como pertenecientes a la presente escritura: certificado de no inhibición, constancias de CUIT y CUIL, fotocopia de los instrumentos antes relacionados sobre la existencia de la sociedad.- Leo a los comparecientes la presente escritura quienes la otorgan firmando por ante mi Escribana que la autorizo, doy fe.- Sigue a la de Autorización.- Firmado: Hugo Alexander, Carolina Alexander, Alejandro Alexander, Carmen Gloria Balut, Carmen Alexander, y Juan José Alexander, esta mi firma sobre sello notarial Esc Corina C. Brizuela de Rojo, Tit Reg. 27 S.S. de Jujuy.- Concuerda con su matriz que pasó ante mi al folio 377 del Protocolo A del corriente año del Registro a mi cargo.- Para Los Cesionarios expido esta Primera Copia o Testimonio en tres fojas de Actuación Notarial que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

ESC. PUB. CORINA C. BRIZUELA DE ROJO, titular R. Nº 27 , S.S. de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 de noviembre de 2007.-

NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA

ESCRIBANO

JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY

16 NOV. LIQ. Nº 67435 $ 52,70