BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 03/10/14
EXPTE. Nº 500-329-2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 JUL. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Autorízase, a partir del 1º de de julio de corriente año, un incremento en la transferencia del concepto coparticipación de las Comisiones Municipales, a los fines y de conformidad a lo expresado en los considerandos, y bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes.
ARTICULO 2º.-El monto a transferirse en virtud del presente decreto estará sujeto a la política salarial que defina este Poder Ejecutivo y tendrá vigencia hasta tanto se determine un nuevo régimen de distribución de coparticipación municipal.
ARTICULO 3º.-Invítase a las Comisiones Municipales a adherir al presente decreto. A tal fin, las autoridades municipales deberán ante la Unidad de Gestión Provincia-Municipio dependiente del Ministerio de Hacienda, la respectiva Ordenanza de Adhesión al presente Decreto y el acto administrativo que establece la retribución de las autoridades comprendidas en el presente.
ARTICULO 4º.-Autorízase, a la Dirección Provincial de Presupuesto a efectuar las modificaciones presupuestarias que fueren necesarias a los fines dispuestos en el presente Decreto.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR