BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 09/11/2007
PODER JUDICIAL DE LA NACION.-
DR. CARLOS M. OLIVERA PASTOR –JUEZ FEDERAL SUBROGANTE- del Juzgado Federal Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY, Secretaría Civil y Comercial Nro. 3, hace saber que en el Expte. Nro. 20/06, caratulado: “OSPRERA contra GUEVARA MIRANDA, CARLOS. Por Ejecutivo, se ha dictado las siguientes providencias de trámite (fs. 14) :///San Salvador de Jujuy, 10 de Marzo de 2.006. Por presentado el Dr. Juan Sebastián Jenefes Quevedo, con domicilio constituido y por parte en la representación que invoca a mérito de copia de poder que adjunta. Atento a la demanda ejecutiva promovida por la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (O.S.P.R.E.R.A.), líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo, en contra del accionado GUEVARA MIRANDA CARLOS al domicilio denunciado, por la suma de PESOS TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 3.157,84.-) reclamada en concepto de capital, la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 6.678,72.-) como intereses y la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 2.950.-) presupuestada provisoriamente para acrecidas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del accionado hasta cubrir los importes precitados, designándose depositario judicial al propio afectado, y en caso ausencia o negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. La intimación de pago importará la citación de remate, para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Por igual plazo, intimase al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de la ciudad de S.S. de Jujuy, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de este Juzgado si no lo hiciere. Notificaciones en Secretaría: martes y viernes o el siguiente día de nota si alguno de ellos fuera feriado. Para el cumplimiento de la medida dispuesta, comisionase al señor Juez de Paz con jurisdicción en la Localidad de El Carmen quién se faculta para allanar el domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario, haciéndose constar en el mandamiento ordenado, que el Dr. Juan Sebastián Jenefes Quevedo, se encuentra autorizado para correr con su diligenciamiento. Fdo. CARLOS M. OLIVERA PASTOR –JUEZ FEDERAL SUBROGANTE.-
Decreto de fs. 50: /// Salvador de Jujuy, 17 de agosto de 2.007. Visto lo manifestado y solicitado por la actora en el escrito que antecede, las constancias de autos y lo dispuesto por los arts. 343 y 531 inc. 2 tercer párrafo del C.P.C.N. publíquese edictos en el boletín oficial y en un diario local, emplazando al demandado Carlos Guevara MIRANDA D.N.I. Nº 15.246.273, para que dentro del término de (5) días comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de ley. Fdo. CARLOS M. OLIVERA PASTOR –JUEZ FEDERAL SUBROGANTE.-
SECRETARIA, 18 de Septiembre de 2.007.-
9 NOV. LIQ. Nº 67381 $ 17,70








