BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 09/11/2007
DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 – Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-104.125/03, caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: PROVENCRED II SUC. ARG. c/ LOPEZ, ADRIANA MERCEDES DEL HUERTO y LUNA GUILLERMO FEDERICO”, ordena se notifique al Co Demandado SR. LUNA GUILLERMO FEDERICO, la siguiente RESOLUCION: SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de DICIEMBRE DEL 2006. AUTOS Y VISTOS…CONSIDERANDO…RESUELVE: I) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por PROVENCRED II SUC. ARGENTINA, en contra de LOPEZ, ADRIANA MERCEDES DEL HUERTO y LUNA GUILLERMO FEDERICO, hasta hacerse el acreedor integro del capital reclamado o sea la suma de PESOS NOVECIENTOS DIECISEIS CON NUEVE CTVOS. ($916.09), con más el interés de la tasa activa que pública mensualmente el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales desde la mora y hasta su efectivo pago, con más el 50% de los intereses punitorios de los que resulte de los compensatorios.- II) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III) Regular los honorarios profesionales del Dr. BLAS ESTEBAN GONZALEZ GARCIA, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450.00), por los motivos expuestos en los considerandos, a los que se le aplicaran los mismos intereses que al capital, con más I.V.A. si correspondiere.- IV) Hacer efectivo el apercibimiento decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifíquese esta resolución por edictos y las posteriores por Ministerio de Ley.- V) Fijar nueva audiencia de conciliación para el día 27 de febrero del año 2.007, a los fines que concurran las partes unidos de sus respectivos documentos de identidad, bajo apercibimiento de que si no concurren sin justificación alguna se les aplicara una multa fijada por el Juzgado y a los letrados una recucción del 20% de sus honorarios (art. 11 del C.P.C) VI) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Firmado Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOTT.- Juez ante mi. Secretaría DRA. SILVIA INES TABBIA. ES COPIA.
Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local por TRES VECES consecutiva (Art. 489 del C.P.C.).
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DE DICIEMBRE DEL 2.006.
07/09/12 NOV. LIQ. Nº 67343 $ 17,70








