BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 03/10/14
EXPTE. Nº 500-138-14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 ABR. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir del 1º de marzo de 2014, a favor del personal dependiente del Poder Legislativo las siguientes medidas salariales: a) Crear un Adicional Remunerativo Bonificable resultante del VEINTIDOS POR CIENTO (22%) de los conceptos Remunerativos Bonificables. b) Un incremento del VEINTIDOS POR CIENTO (22%) sobre el Adicional Remunerativo No Bonificable. c) Un incremento del VEINTIDOS POR CIENTO (22%) sobre el Adicional previsto en el Decreto-Acuerdo Nº 4371-H-09.
ARTICULO 2º.-Autorízase al Ministerio de Hacienda a dictar la normativa interpretativa y reglamentaria necesaria para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo.
ARTICULO 3º.-Dispónese que la erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR