BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 05/11/2007
ACTA NUMERO DOS
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los Catorce días de Septiembre del año Dos Mil Siete, reunidos en el local social de calle Pasquín López 50, del Barrio Alto La Viña, de esta ciudad y siendo horas dieciocho y con la presencia y asistencia de todos los socios de la sociedad ALTOS DE LA VIÑA S.R.L. Señora Maria Eugenia De Michiel, Adrián Marcelo De Michiel, Maria Silvina De Michiel y Andrea Carina De Michiel, todos ellos cuyos datos personales figuran en el Contrato Social de Constitución de la mencionada- sociedad, que los nombrados integran y quienes de común acuerdo hacen constar que tienen convenido desde el comienzo o la iniciación de dicha Sociedad, a cuyo efecto o fin lo hacen constar y dejan establecido como una ampliación o un agregado adicional del referido contrato constitutivo de la mencionada sociedad Altos de La Viña S.R.L. que todos los referidos socios de esta sociedad que antes se indican han acordado dejar constancia por la presente acta, que desde la iniciación de la sociedad Altos de la Viña S.R.L. o sea desde su constitución y mientras ella subsista, tiene acordado y reconocido a favor del ingeniero Pedro De Michiel y su esposa Señora Maria Rosa Spallanzani de De Michiel el derecho real de usufructo con derecho de acrecer y que lo dejan constituido sobre todas las cuotas de capital social de cada uno de los socios y cuyo usufructo se sujeta a los arts. 156,218 y 219 de la Ley de sociedades comerciales.- Atento a que se encuentra próximo a vencer el periodo otorgado al Sr. Pedro De Michiel en su carácter de Gerente, se le propone a este renovar el mismo por un nuevo periodo de tres años conforme lo establece el estatuto en su cláusula octava. Dicho periodo comenzará a regir una vez vencido el actual. El mencionado acepta continuar en la función propuesta, ratificando dicho hecho con la firma de la presente.- Se resuelve por unanimidad, autorizar al representante legal Dr. Carlos A. Rodríguez Vega a los fines de realizar las tramitaciones que correspondiere por ante el registro público de comercio a los fines de proceder a inscribir lo resuelto en la presente. Esta acta queda labrada y previa lectura se firma para constancia por todos los intervinientes socios y los usufructuarios nombrados, disponiéndose su publicación y su inscripción de Ley a sus efectos, como complemento y parte del contrato social constitutivo nombrado en el texto que precede.-
ACT. NOT. N° A-00528926- ESC. RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO- ADS. REG. N° 68- S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 60 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 25 de octubre de 2007.-
NESTOR ANTENOR SÁNCHEZ MERA- ESCRIBANO
JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY.-
5 NOV. LIQ. N° 67352 $ 101,70.-








