BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 22/10/2007

DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ- JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SECRETARIA N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el expte. N° B-92144/02, caratulado: “ BANCO MACRO S.A. C/ ROGER DANIEL ESPOSITO, hace saber al SR. ROGER DANIEL ESPOSITO, la siguiente RESOLUCION que a continuación se transcribe:// SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de SEPTIEMBRE del 2007.- AUTOS Y VISTOS…- RESULTA…- CONSIDERANDO…- RESUELVE.: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el BANCO MACRO BANSUD SOCIEDAD ANONIMA, en contra del SR. ROGER DANIEL ESPOSITO hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 14.990,53.-) con las costas del juicio y el interés de la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales (Art. 509 del C. Civil) desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Imponer costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regúlanse los honorarios profesionales de los DRES. SERGIO MARCELO JENEFES Y GUILLERMO RAUL JENEFES, en la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON SESENTA CENTAVOS ($ 699,60) y la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON DIEZ CENTAVOS ($ 1.399,10).-, respectivamente, por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2,4,6 y 15 de la Ley 1687/46.- Dicho monto devengaran un interés de la misma forma que la establecida para el capital pero hasta la fecha de sentencia y de ahí en mas la Tasa Pasiva promedio, aplicando la formula sugerida por el comunicado Nº 14.290 del Banco Central de la República Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 45 – Fº 977/978 Nº 429, mas IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 30 mandándose notificar la presente resolución al SR. ROGER DANIEL ESPOSITO mediante publicación de Edictos y en Boletín Oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intimase a la parte actora a retirar por Secretaria documento original en el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agréguense copia de autos, hacer saber, etc.- FDO. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, – JUEZ – ANTE MI: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA – PRO SECRETARIA

Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.-

Pro-Secretaria: PRO. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 DE OCTUBRE del 2.007.-

22/24/26 OCT. LIQ. Nº 67282 $ 17,70.-