BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 17/10/2007

Dra. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS, Juez en lo Civil y Comercial de Primera Instancia N° 6- Secretaria N° 11, en el Expte. N° B-82.686/02, caratulado: “FORMACIÓN DE PEQUEÑO CONCURSO: solicitado por GRACIELA DEL VALLE CASTILLO y PANIFICADORA AVENIDA.-“ hace saber por este medio que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución: SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de septiembre de 2007.- AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… RESUELVE: I.- Declarar por cumplido en su totalidad el Acuerdo de este concurso preventivo solicitado por GRACIELA DEL VALLE CASTILLO Y PANIFICADORA AVENIDA, haciendo saber a la concursada que no podrá presentar una nueva petición de concurso preventivo hasta después de transcurrido un año contado a partir de la fecha de la presente (art. 59 de la L.C.Q.). II.- Ordenar el levantamiento de la Inhibición General de Bienes del deudor, dispuesta oportunamente (art. 14 inc. 7 ). III.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula, y publicar edictos en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación tres veces en cinco días. IV.- Firme que fuere la presente, oficiar a los fines dispuestos precedentemente, y liberar los fondos existentes. Fdo. Dra. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – Juez. Ante mi: Dra. MARIA SUSANA ZARIF- Secretaria”.-

Publíquense edictos durante cinco días en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación local.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de septiembre de 2007.-

17/19/22/24/26 OCT. LIQ. N° 66250 $ 29,50.-