BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 03/10/2007

El Dr. JORGE EDUARDO MEYER, Juez del Tribunal de Familia Vocalia N°2, en el Expte. N° B168093/07 Caratulado: DIVORCIO CONTRADICTORIO DORA DALMIRA DIAZ c/ SABINO CALLAMULLO que en los autos del rubro, se ha dictado el siguiente decreto que textualmente dice: SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de junio de Marzo de 2007.- Atento lo solicitado, y desconociéndose el domicilio del demandado, de conformidad a la diligencia practicada y lo dispuesto por el Art. 162 del CPC. Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días, confiérase traslado de la demanda al accionado Sr. SABINO CALLAMULLO por el termino de QUINCE DIAS con apercibimiento de tenerlo por contestada si no lo hiciera (Art. 298 del CPC).- Intímeselo para que en igual termino constituya domicilio legal dentro del radio de los 3 Km. del asiento de esta Tribunal, bajo apercibimiento de notificarlo por Ministerio de Ley todas las resoluciones posteriores (Art. 52 CPC.), haciéndole saber que las copias respectivas se encuentran en secretaria.- Notificaciones en secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese por edictos.- Fdo. JORGE E. MEYER .- Juez.- Ante mi: SUSANA LIS OLMEDO.- Firma habilitada.-

01/03/05 OCT. LIQ. Nº 66118 – $ 17,70