BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 24/09/2007

Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. NºB-149416/06, caratulado: PREPARA VIA EJECUTIVO: CREDIMAS S.A. C/RIOS, VERONICA GABRIELA, notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzara a correr a partir del quinto día de la última publicación, a la parte demandada Sra. VERONICA GABRIELA RIOS DNI Nº26.409.241, del proveído a fs.17.- San Salvador de Jujuy, 22 de AGOSTO de 2005.- Atento a lo solicitado y lo informado por la actuaría, hágase efectivo el apercibimiento decretado a contra del demandado, teniendo por expedita la vía ejecutiva, en contra del demandado, RIOS, VERONICA GABRIELA en el domicilio denunciado mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y NUEVE CTVOS. ($1.759,99) concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE CON NOVENTA Y NUEVE CTVOS. (527,99) presupuestada para responder a acrecidas legales y costas del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado de primera Instancia en lo civil y comercial nº4 secretaria Nº7, a oponer excepciones legítimas si las tuviese, bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución. .- Asimismo córrase Traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por igual término, intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de Ley las posteriores resoluciones que se dicten, cualquiera sea su naturaleza (Art.52 y 154 del C.P.C.- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónase al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes al caso a quién se libra el oficio respectivo.- Notificaciones en secretaria, Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese.- FDO. ROBERTO SIUFI, JUEZ ante mi DRA. OLGA BEATRIZ PEREIRA, SECRETARIA-

Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un Diario Local, por tres veces en cinco días.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de Junio del 2.007.- Dra. OLGA B. PEREIRA Secretaria .-

24/26/28 SET. LIQ. Nº 66046 $ 17,70.-