BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 24/09/2007

Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-164056/06, caratulado: “EJECUTIVO: COMPAÑÍA FINANCIERA ARG. S.A C/VARELA, MIGUEL VICTOR”, notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzara a correr a partir del quinto día de la última publicación, a la parte demandada Sr. VARELA, MIGUEL VICTOR DNI Nº17.402.495, del proveído a fs.08.- San Salvador de Jujuy, 27 de NOVIEMBRE de 2006.- por presentado el Dr. JUAN PABLO ROMAN CARNIELLIS en nombre y representación de COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S.A. , a mérito del Poder General para juicios que en fotocopia juramentada acompaña, y por constituido domicilio legal y por parte – De conformidad con lo previsto por los Arts. 472 y 478 y cca. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado VARELA, MIGUEL VICTOR, en el domicilio denunciado por la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 84/100 ($1.918,84) en concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 65/100 ($ 575,65) presupuestada para responder a acrecidas y costas del presente juicio, en defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones formalidades de ley.- Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución..- Asimismo córrase Traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término, intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de notificarsele las futuras resoluciones, por Ministerio de Ley (Art.52 y 154 del C.P.C.-), haciéndole saber que los días de notificaciones en secretaria, son los Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado, facúltase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con las facultades inherentes al caso.- Notifíquese y Oficiese.- FDO. Dr. ROBERTO SIUFI: JUEZ. ante mi DRA. OLGA B. PEREIRA: SECRETARIA.-

Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un Diario Local, por tres veces en cinco días.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de JUNIO de 2007.-

DRA. OLGA B. PEREIRA- Secretaria.

21/24/26 SET. LIQ. Nº 66045 $ 17,70.-