BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 21/09/2007

Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-148288/05, caratulado: “EJECUTIVO: COMPAÑÍA FINANCIERA ARG. S.A C/CASTILLO, RAMON GENARO” notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzara a correr a partir del quinto día de la última publicación, a la parte demandada Sr. RAMON GENARO CASTILLO, DNI Nº14.550.634, del proveído a fs.10.- San Salvador de Jujuy, 02 de Febrero de 2006.- por presentado el Dr. JUAN PABLO ROMAN CARNIELLIS en nombre y representación de COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S.A. , a mérito del Poder General para juicios que en fotocopia juramentada acompaña, y por constituido domicilio legal y por parte – De conformidad con lo previsto por los Arts. 472 y 478 y cca. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado RAMON GENARO, CASTILLO en el domicilio denunciado por la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON NOVENTA Y OCHO CTVOS. ($961,98) en concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 59/100 (258,59) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio, en defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones formalidades de ley.- Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución..- Asimismo, córrase Traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de notificarsele las futuras resoluciones, por Ministerio de Ley (Art.52 y 154 del C.P.C.-), haciéndole saber que los días de notificaciones en secretaria, son los Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado, facúltase al Sr. Juez de Paz de la Ciudad de palpalá con las facultades inherentes al caso.- Notifíquese y Oficiese.- FDO. Dr. ROBERTO SIUFI: JUEZ. ante mi DRA. MARIA JULIANA VERCELLONE, SECRETARIA HABILITADA.-

Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un Diario Local, por tres veces en cinco días.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de JUNIO de 2007.-

DRA. OLGA B. PEREIRA- Secretaria.

21/24/26 SET. LIQ. Nº 66044 $ 17,70.-