BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 26/10/16

Declaración Jurada. En la Ciudad de Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, a los Veintisiete días del mes de Setiembre del año Dos mil dieciséis, mediante la presente, las que suscriben: María Leticia Enriqueta Décima, argentina, mayor de edad, nacida el día Uno de Diciembre del año Mil novecientos cuarenta y tres, documento nacional de identidad número 4.767.467, C.U.I.T. número 27-04767467-6, farmacéutica, casada en primeras nupcias con Raúl Ramón Bartoletti, con domicilio real y fiscal en calle Balbín esquina Hueda del Barrio APUAP- La Viña, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia, y María Dolores Delgado, argentina, mayor de edad, nacida el día Veinticuatro de Enero del año Mil novecientos sesenta y cinco, documento nacional de identidad número 17.153.495, C.U.I.T. número 27-17153495-5, comerciante, divorciada en primeras nupcias de Néstor Marino Berardi –conforme Resolución Judicial de fecha 15 de Mayo del año 2013 expedida por el Tribunal de Familia de Jujuy, Vocalía V, Sala II-, con domicilio real y fiscal en Finca Villa Mercedes de la Localidad de Monterrico, Departamento El Carmen de esta Provincia, manifiestan en el carácter de Declaración Jurada lo siguiente: I). que son las únicas socias de la entidad denominada FARMACIA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, C.U.I.T. número 33-71163372-9; II). que la nombrada sociedad tiene su sede social en calle San Martín número Doscientos veintitrés de la Ciudad de El Carmen, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, República Argentina, lugar en donde funciona la dirección, administración y el centro principal de sus negocios; III). que no se encuentran incluidas o alcanzadas por la nómina de funciones de personas políticamente expuestas; IV). que el correo electrónico de la Farmacia de referencia es farnsdelcarmen@hotmail.com; V). que no son pasibles de sentencia de capacidad restringida, asumiendo las consecuencias por haber incurrido por esta declaración en omisión dolosa; y VI). que toman conocimiento de que la falsedad de sus declaraciones acarrean las sanciones previstas por el Código Penal Argentino.- Se expide este documento para ser presentado ante las Autoridades que lo Requieran, en el lugar y a la fecha indicados ut supra.- ACT. NOT. Nº B 00263642, ESC. LETICIA DEL VALLE ABUD DE PANCIC, TIT. REG. Nº 61, PERICO-JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 19 de Octubre de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

26 OCT. LIQ. Nº 124290 $100,00.-