BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 14/09/2007

Nº211.- ESCRITURA DOSCIENTOS ONCE.- ESCRITURA COMPLEMENTARIA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DENOMINADA: “MINC-S.A.” MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, y MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO QUINTO DEL ESTATUTO SOCIAL.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil siete, ante mí, MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA, Escribana Pública Autorizante, Titular del Registro Notarial Treinta y Dos, COMPARECEN: el Ing. FREDDY HUGO CANALES DAVALOS, peruano, nacido el 6/08/1958, de profesión ingeniero de minas, titular del pasaporte Nº2735574 expedido por la República del Perú, casado en primeras nupcias con Florinda Consuelo Jurado Marquez, domiciliado en calle Alameda de los Virreyes Nº130 del Distrito de La Molina. Provincia de Lima, departamento de igual nombre, de la República del Perú, exprofesamente aquí; y la Cra. CINTIA DEL CARMEN VACAFLORES, argentina, nacida el 30/11/1968, de profesión Contadora Pública, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 20.102.977, divorciada, domiciliada en Ruta 2 Km.½ de esta ciudad.- Los comparecientes son personas hábiles, mayores de edad y de mi conocimiento, doy fe, quienes INTERVIENEN en su calidad de únicos socios titulares propietarios del 100% del capital social de la sociedad que gira en esta provincia con la denominación de: “MINC-S.A.” MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANONIMA, con sede social en calle Independencia Nº436, Of. 2, de esta ciudad, actuando además la Cra. CINTIA DEL CARMEN VACAFLORES como Presidente del Directorio en nombre y representación de la sociedad.- Y los nombrados comparecientes DICEN: Que habiendo otorgado la escritura de constitución de “MINC-S.A.”, MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANONIMA, el 13 de marzo de 2007, mediante escritura Nº87, autorizada por mí al Folio 191 de este Protocolo, y acorde con lo exigido por el art. 167 de la ley de sociedades comerciales, su Primera Copia ingresó al Departamento de Personas Jurídicas en Fiscalía de Estado de la provincia, autoridad de contralor que debe dar la “conformidad administrativa” en forma previa a su pase al Registro Público de Comercio, vienen a subsanar las observaciones formuladas, y por tanto DECLARAN: 1º).- Que en su carácter de Directores, declaran bajo juramento no estar comprendidos en las prohibiciones e incompatibilidades del art. 264 de la ley de sociedades comerciales.- 2º).- Que suprimen del objeto social el “inciso d): Operar en Bolsas y Mercado de Valores por derecho propio o por cuenta de terceros, inclusive como Agente de Bolsa o de Mercado de Valores, debidamente autorizada por autoridad competente”.- 3º).- Que ratifican la conformación de un Directorio compuesto del número de miembros que determine la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3),permitido por el art. 255 de la ley de sociedades comerciales.- 4º).- Que a los fines de cumplir con lo exigido por el art. 256 de la Ley 19.550, el Ing. FREDDY HUGO CANALES DAVALOS, como socio extranjero y a su vez como Director Suplente que ejerce el cargo de Vice-Presidente, constituye domicilio especial en calle Independencia Nº4365, Of. 2, de esta ciudad, donde serán válidas las notificaciones que se le efectúen, de cualquier naturaleza que éstas sean.- Del mismo modo, la Presidente del Directorio, Cra. CINTIA DEL CARMEN VACAFLORES, lo deja constituído en el indicado.- 5º).- Que dejan aclarada la denominación social como se ha consignado, esto es, la sociedad se denomina “MINC-S.A.”, abreviatura que significa “Minería y Construcción Sociedad Anónima”.- 6º).- Que modifican el artículo quinto del Estatuto Social, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 5º: El Capital social se fija en la suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000) representado por Treinta Mil Acciones Ordinarias, Clase “A”, Nominativas no Endosables, de Valor Nominal PESOS UNO ($ 1,00) cada una, con derecho a cinco votos cada acción”.- Así, con los ajustes preinsertos en la presente escritura, los comparecientes complementam el acto constitutivo y dejan subsanadas las observaciones formuladas por la autoridad de contralor, quedando modificado el artículo quinto en la forma aquí redactada, para su mayor adaptación al objeto social.- LEIDA esta escritura, los comparecientes así la otorgan y firman por ante mí, doy fe.-

ACT NOT. Nº A-00594769-ESC. SUSANA MACINA DE CARRERA- TIT. REG. Nº 32- S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 05 de septiembre de 2007.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA- JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA

POR HABILITACION AL Juzgado de Comercio.-

14 SET. LIQ Nº 63990 $ 52,70.-