BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 12/09/2007

DRA. BEATRIZ J. GUTIERREZ, Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 – Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-152796/06 Caratulado: “EJECUTIVO: FARFAN JULIO ALBERTO C/ ZARZOSO ARNALDO FRANCISCO Y/O SUS HEREDEROS.-”, hace saber al SR. FRANCISCO RAFAEL ZARZOSO la siguiente RESOLUCION que a continuación se transcribe: DECRETO DE FS.38 DE AUTOS: ///SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de AGOSTO del 2.007.- AUTOS Y VISTOS… – RESULTA…- CONSIDERANDO… – RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el SR. JULIO ALBERTO FARFAN, en contra de los presuntos herederos de DON ARNALDO FRANCISCO ZARZOSO; SRES. ARNALDO FRANCISCO ZARZOSO MARTINEZ; ELVA ANGELICA LARRAN SIERRA, FRANCISCO RAFAEL ZARZOSO, DANIEL EDUARDO ZARZOSO y ADRIAN ENRIQUE ZARZOSO hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS CUATRO ($1.704.-) con las costas del Juicio y el interés de la tasa activa que percibe el Banco de la Nacían Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales (Art. 565 del C.Civil) desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Imponer la costas a la vencida (art. 102 del C.P.C.).- III.- Regúlense los honorarios profesionales del DR. JULIO ALBERTO FARFAN, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450.-), por la labor profesional desarrollada en autos, de acuerdo a lo resuelto por

El Superior Tribunal de Justicia en el Expte. 5406/96, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad Int. en el Expte. N° A-68578/93 (Sala III- Cam. Civ. y Com)…: Argentores c/ Video Bar Luisiño y Otro”.- Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso mora devengaran un interés conforme a la Tasa Pasiva Promedio, aplicando la formula sugerida por el comunicado N° 14.290 del Banco Central de la República Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 45- Fº 977/978 N° 429, mas IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs.1O en contra de los presuntos herederos de DON ARNALDO FRANCISCO ZARZOSO, SRES. ARNALDO FRANCISCO ZARZOSO MARTINEZ, ELVA ANGELICA LARRAN SIERRA, FRANCISCO RAFAEL ZARZOSO, DANIEL EDUARDO ZARZOSO Y ADRIAN ENRIQUE ZARZOSO mandándose notificar la presente resolución por cédula y al SR. FRANCISCO RAFAEL ZARZOSO mediante Publicación de Edictos y en Boletín Oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intimase a la parte actora a retirar por Secretaria el documento original en el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.—Agréguense copia en autos, hacer saber, etc.- FDO. DRA. BEATRIZ J. GUTIERREZ – JUEZ – ANTE MI DRA. MARIA FLORENCIA CARRILLO – SECRETARIA HABILITADA.- ///SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DE AGOSTO DEL 2.007.- Y VISTOS… – CONSIDERANDO…- RESUELVE: I.-Aclarar y dejar establecido que en el Punto 1 de la sentencia de fecha 02 de agosto del presente año, quedara redactada del siguiente modo: “Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el SR. JULIO ALBERTO FARFAN en contra de los presuntos herederos de DON ARNALDO FRANCISCO ZARZOSO, SRES CARLOS ARNALDO ZARZOSO; ELVA ANGELICA LARRAN SIERRA; FRANCISCO RAFAEL ZARZOSO; DANIEL EDUARDO ZARZOSO Y ADRIAN ENRIQUE ZARZOSO hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS CUATRO ($1.7O4.-) con las costas de Juicio y el interés de la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (Art. 56 del C.Civil, desde la mora y hasta el efectivo pago).- II. Agréguese copia en autos hacer saber, protocolizar.- Notifíquese por cédula.-

FDO. DRA. BEATRIZ J. GUTIERREZ- JUEZ ANTE MI PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA- PROSECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local por TRES VECES en CINCO DIAS.-

Pro-Secretaria: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de AGOSTO de 2. 007.-

10/12/14 SET. LIQ. Nº 63960 $ 17,70.-