BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 10/08/2007
ESCRITURA NUMERO CIENTO TREINTA Y CUATRO.- Nº 134.- CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES OTORGADA POR ROBERTO ENRIQUE LÓPEZ A FAVOR DE SANDRA VIVIANA MOGRO.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los once días del mes de junio del año dos mil siete, ante mí, MARCELA VIVIANA ZAMAR, Escribana Pública Titular del Registro Notarial número Cuarenta y ocho, Comparecen: Por una parte ROBERTO ENRIQUE LÓPEZ, Documento Nacional de Identidad 20.733.612, cuit número 20-20733612-3, soltero, domiciliado en calle Catamarca Nº 38; y por la otra parte SANDRA VIVIANA MOGRO, Documento Nacional de Identidad número 22.249.698, cuit número 27-22249698-0, de estado civil soltera, de profesión farmacéutica, con domicilio fiscal en calle República Árabe Siria número 559. Ambos comparecientes vecinos de la ciudad de La Quiaca, Departamento Yavi de esta Provincia de tránsito aquí, argentinos, mayores de edad, personas hábiles de mi conocimiento doy fe.- Y don Roberto Enrique López expresa: Primero: Que concurre a este acto en el carácter de Socio Comanditado integrante de la Entidad que gira en plaza bajo la denominación de “FARMACIA VIRGEN DE REMEDIOS SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE “ con domicilio legal en calle Patricias Argentinas número 184, constituida mediante Escritura Publica número 39, de fecha ocho de Marzo del año Dos mil cinco, autorizada por mí en el Protocolo “A” de ese año a mi cargo. Inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy al Folio 137, Acta 134, Libro de I Farmacias y Droguerías , Registrada con copia bajo Asiento 3, al Folio 28/30 Legajo VI del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías, en fecha 31 de marzo de 2005.- Segundo: Por este acto, Roberto Enrique López , en el carácter de Socio Comanditado, TRANSFIERE a favor de Sandra Viviana Mogro, la totalidad de las cuotas sociales que posee en la mencionada sociedad, por lo que en consecuencia la cesionaria es propietaria de dicha proporción desde el día de la fecha, transfiriéndole todos los Derechos y Acciones que le corresponde o pudieren corresponderle en la Sociedad de que se trata , para que colocándose en su mismo lugar grado y prelación, ejercite los derechos y acciones que viere convenir, subrogándose Sandra Viviana Mogro activamente en la posición relativa de la transmitente.- Tercera: Que en virtud de la Cesión de Cuotas precedentemente formalizada, la cesionaria, acepta la misma, en las proporciones referidas y recibe en conformidad, declarando tener pleno conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad a través de los estados contables, comprobantes y documentación pertinente, incluyendo el respectivo contrato social. La Socia HELDA NOEMI FERRUFINO, argentina, Documento Nacional de Identidad número 25.357.660, Cuit número 27-25357660-5, soltera, por este acto presta conformidad al contenido del presente instrumento, ratificando todas y cada una de sus partes. Cuarta: En consecuencia el capital social se mantiene en la suma de pesos doce mil, quedando a partir de este momento como únicos socios de la citada sociedad, HELDA NOEMI FERRUFINO socia comanditaria con el noventa y nueve por ciento del capital social (99%); y SANDRA VIVIANA MOGRO, socia comanditada en la proporción del uno por ciento (1%) del capital social, quienes lo han suscrito e integrado en su totalidad. Quinta: En este estado los únicos integrantes de la sociedad ratifican todos los artículos del contrato social y conforme a lo establecido en el mismo, la administración y representación legal de la farmacia será ejercida por SANDRA VIVIANA MOGRO.- Con respecto al Certificado de inhibición, las partes declaran que por razones de urgencia eximen a la Escribana Autorizante de la solicitud del mismo: manifestando el cedente no se halla inhibido para disponer de sus bienes. Asimismo la cesionaria queda autorizada para realizar todos los trámites y diligencias que resulten necesarias hasta la obtención de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la presente Cesión.- Leo a los comparecientes la presente escritura quienes la otorgan firmándola ante mi, Escribana que la autoriza, doy fe.- Hay tres firmas que pertenecen a Sandra Viviana Mogro, Roberto Enrique López y a Helda Noemí Ferrufino, ante mí, MARCELA VIVIANA ZAMAR, está mi firma y sello Notarial.- C O N C U E R D A con su escritura matriz que pasó ante mí a los folios 355/356 del Protocolo “A” del Registro a mi cargo, doy fe.- Para el Cesionario expido este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.-
ACT. NOT. Nº A-00505930 y A-00505931- ESC. MARCELA ZAMAR, TIT. REG. Nº 48- S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 6 y 14 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 10 de julio de 2007.-
NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA –
ESCRIBANO.-
JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY.-
10 AGO. LIQ. Nº 63739 $ 52,70.-








