BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/2007
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, Secretaría Nº 4, en el Expte. Nº B-153944/06, caratulado: C.A.P.S.A.P. C/ OSVALDO DELFIN AGUILAR, se notifica por éste medio al demandado OSVALDO DELFIN AGUILAR, el siguiente DECRETO: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de MAYO de 2006.- 1.- Por presentado el Dr. CARLOS APRILE, por parte y por constituido domicilio legal, en nombre y representación de C.A.P.S.A.P., conforme lo acredita con la copia juramentada de Poder Gral. para juicios que acompaña. 2.- Atento a lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra del demandado, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS CON 88/100 ($ 18.422,88), en concepto de Capital, con más la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS CON 88/100 ($ 5.526,88), calculadas para acrecidas del Juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas sumas y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, haciéndole saber que las copias para traslado se encuentran en Secretaría y los términos comienzan a correr a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Asimismo, intímase al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese mediante la publicación de edictos en un diario local y en el Boletín Oficial, por el término de CINCO DIAS.- Fdo. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, Juez. Ante mi Dr. Marcelo Ibarra, Secretario Habilitado.
Providencia de fs. 54:“SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de junio de 2007.- Proveyendo a lo solicitado, notifiquese la providencia de fs. 20, mediante la publicación de edictos, haciéndole saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación. A tal fin, publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en el término de CINCO DIAS.- Fdo. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, Juez. Ante mi, Esc. SILVIA TABBIA, Secretaria.-”
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de junio de 2007.-
01/03/08 AGO. LIQ. Nº 63692 $ 17,70.-








