BOLETÍN OFICIAL Nº 81 – 23/07/2007

N° 264.- ESCRITURA PUBLICA NUMERO DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO.- TRANSMISION DE DOMINIO OTORGADA POR ENRIQUE ERNESTO ROCA A FAVOR DE R.V.CONSTRUCCIONES S.R.L. (en formación).- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a veintiocho de mayo del año dos mil siete, ante mí, Pablo Alfredo Benítez, Escribano Público autorizante, Adscripto al Registro número dos, comparece, ENRIQUE ERNESTO ROCA, argentino, D.N.I. Nº 10.853.778, CUIL 20-10853778-8, casado en segundas nupcias con Constanza Martinoli, domiciliado en calle Güemes número novecientos treinta y cuatro de esta Capital; mayor de edad, hábil, de mi conocimiento, doy fe, como de que concurre en nombre y representación de los cónyuges entre sí en primeras nupcias AGUSTIN PFISTER, argentino, D.N.I.Nº27.726.943, CUIL 20-27726943-1, e INES MARIA JENEFES, argentina, D.N.I. Nº 26.793.838, CUIL 27-26793838-0, domiciliados en la calle Ituzaingó número trescientos noventa y cinco, Departamento “E”, de Barrio Ciudad de Nieva, de esta Capital, a mérito de Poder Especial que le ha sido conferido con fecha diecinueve de diciembre del año dos mil seis, mediante escritura pública número seiscientos cincuenta autorizada por mí.- Y, el compareciente, por la representación que inviste, dice: Que, según contrato privado de fecha veintinueve de diciembre del año dos mil seis, ha constituído con el señor Hugo Carlos Vogel, la razón social “R.V. CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, cuya inscripción en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, se tramita bajo expediente número B-l72320/07.- Que, el aporte del capital social, de cincuenta y cinco mil pesos, debe integrarse mediante la transmisión del derecho real de dominio pleno de un bien inmueble.- Que, por consiguiente, por la representación que inviste, procede a integrar el mismo, transmitiendo a favor de “R.V. Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada”, el inmueble de su legítima propiedad, aunque con dominio inscripto aún a favor de sus mandantes, ubicado en Barrio Bajo La Viña, de esta Capital, Departamento Doctor Manuel Belgrano, individualizado como: CIRCUNSCRIPCION UNO, SECCION SIETE, MANZANA CIENTO CUARENTA, PARCELA CUATRO, que según plano aprobado por Resolución de la Dirección General de Inmuebles, número tres mil seiscientos catorce, mide: diez metros de frente e igual contrafrente por treinta metros en ambos costados; encerrando una superficie de trescientos metros cuadrados, y limita: al Norte, con calle; al Sud, con la parcela once; al Este, con parcelas cinco, seis y siete; y al Oeste, con parcela tres.- Le corresponde a los transmitentes, por compra efectuada a la razón social Luján S.A., con fecha dieciséis de setiembre del año dos mil cuatro, mediante escritura pública número doscientos treinta y seis, autorizada por el Escribano Jorge Alberto Frias (hijo), inscripta en el Registro Inmobiliario bajo Matrícula A-65116, doy fe; el inmueble de referencia, cuyo dominio consta inscripto a favor de los transmitentes; figura empadronado bajo el número A- ochenta y ocho mil novecientos quince; y está avaluado en la suma de 1.920 pesos.- Se deja constancia que la adquirente toma a su cargo el pago de los tributos atrasados que pudieran adeudarse.- Por lo tanto, realiza esta transmisión a favor de la Razón Social “R.V. Construcciones S.R.L. (en formación), con arreglo a derecho, y en consecuencia, le transfiere en pleno dominio y con sus atributos inherentes el inmueble descripto, y en cuya posesión material la adquirente se halla por la tradición verificada antes de ahora.- Enrique Ernesto Roca, por “R.V. Construcciones S.R.L.” (en formación) acepta la transmisión en las condiciones referidas, solicitando que el Registro Inmobiliario de esta Provincia proceda a la inscripción correspondiente.- El autorizante deja constancia, que se ha retenido la suma de ochocientos veinticinco en concepto de impuesto a la transferencia de inmuebles.- Previa lectura y ratificación, el otorgante firma esta escritura, en la forma de estilo y por ante mí, lo certifico.- Sigue a la de Poder General para Juicios.- Hay una firma ilegible.- Está mi sello: P. BENITEZ.- CONCUERDA con su matriz que pasó ante mí, al folio quinientos cincuenta y dos, en el protocolo del corriente año, a mi cargo, Sección A., doy fe.- Para la ADQUIRENTE expido esta primera copia en dos hojas repuestas con el sellado de ley, que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

ACT. NOT. Nº 00505548- ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ- ADS. REG. Nº 2- S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 DE JULIO DE 2007.-

Néstor Antenor Sánchez Mera – ESCRIBANO – JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY

JUZGADO DE COMERCIO – PROV. DE JUJUY

23 JUL. LIQ. Nº 63683 $ 52,70.-