LEY Nº 3319
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de noviembre de 1979.-
EXP. Nº 3367-D-1974.-
VISTO:
Las actuaciones que corren por este expediente Nº 3367- D-1974, que tratan de la transferencia de la Ruta Provincial Nº 5 Tramo: La Quiaca (Empalme Ruta Nacional Nº 9), Abra de Lizoite (Límite con Salta), y;
CONSIDERANDO:
Que el Convenio de Transferencia celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, se encuentra aprobado por la autoridad superior de la referida repartición nacional;
Por ello, teniendo en cuenta los términos del Dictamen Nº 16.300/76 de Fiscalía de Estado; y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por el artículo 1º, apartado 4.1, de la Instrucción Nº 1/76 de la Junta Militar;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3319
ARTICULO 1º.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 1º de julio de 1974 entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, en el que se acuerdan las condiciones de la transferencia a jurisdicción nacional de la “Ruta Provincial Nº 5, Tramo: La Quiaca (Empalme Ruta Nacional Nº 9), Abra de Lizoite (Límite con Salta)”.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas y Contaduría General.-
MARIO ANTONIO LOPEZ IRIARTE
MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y
EDUCACION
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
JUAN M. COSTA PAZ
MINISTRO DE HACIENDA, ECONOMIA Y
OBRAS PUBLICAS
- IGNACIO RAMON PEÑA
MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
Sancionada 15/11/1976
Publicado en BO Nº 142 de fecha 06/12/1976