LEY Nº 3319

 

 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de noviembre de 1979.-

 

EXP. Nº 3367-D-1974.-

 

VISTO:

Las actuaciones que corren por este expediente Nº 3367- D-1974, que tratan de la transferencia de la Ruta Provincial Nº 5 Tramo: La Quiaca (Empalme Ruta Nacional Nº 9), Abra de Lizoite (Límite con Salta), y;

CONSIDERANDO:

Que el Convenio de Transferencia celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, se encuentra aprobado por la autoridad superior de la referida repartición nacional;

Por ello, teniendo en cuenta los términos del Dictamen Nº 16.300/76 de Fiscalía de Estado; y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por el artículo 1º, apartado 4.1, de la Instrucción Nº 1/76 de la Junta Militar;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3319

ARTICULO 1º.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 1º de julio de 1974 entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, en el que se acuerdan las condiciones de la transferencia a jurisdicción nacional de la “Ruta Provincial Nº 5, Tramo: La Quiaca (Empalme Ruta Nacional Nº 9), Abra de Lizoite (Límite con Salta)”.

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas y Contaduría General.-

 

MARIO ANTONIO LOPEZ IRIARTE

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y

EDUCACION

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

JUAN M. COSTA PAZ

MINISTRO DE HACIENDA, ECONOMIA Y

OBRAS PUBLICAS

 

  1. IGNACIO RAMON PEÑA

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

 

 

 

Sancionada 15/11/1976

Publicado en BO Nº 142 de fecha 06/12/1976