BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 20/06/2007

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

La Cra. María Teresa Agostini, Directora Provincial de Rentas de la Provincia de Jujuy. Notifica al Contribuyente BURGOS QUISPE LEONCIO, domicilio: Avenida España Nº 836 de la Ciudad de La Quiaca, C.P. 4650, Provincia de Jujuy; la Resolución Nº 451/2007, que expresa: “San Salvador de Jujuy, 21 de marzo de 2007. VISTO: las actuaciones Nº 249-DF-2005, “Burgos Quispe Leoncio” – CUIT. 20-92942990-8 – Reg. Ingresos Brutos N-2-2076 – Control de obligaciones Tributarias. Período fiscal 2005; y CONSIDERANDO: Que, a fs. 38-41 obra la nota por la que se corre vista al contribuyente, en los términos del artículo 39º del Código Fiscal, de los cargos e imputaciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Por la misma se calcularon diferencias de impuesto por el período fiscal abril de 2005. Que, los citados ajustes surgen por detectar compras del producto harina tipo 0000 por importes elevados, monto que no coincide con las ventas declaradas por el contribuyente a esta Dirección, lo que permite inferir la existencia de ventas omitidas por tal actividad. Que, a los efectos de establecer la magnitud y verdadera naturaleza de sus operaciones comerciales, dado que no suministró a la fiscalización registro de ventas ni elementos que permita inducir la base de imposición del tributo, se aplico lo normado por los artículos 34, 36 y 37 del Código Fiscal vigente. Que, debidamente notificado el contribuyente no ha comparecido a contestar la vista conferida, habiendo vencido el plazo concedido para tal fin. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 39º y 47º del Código Fiscal (Ley 3202/75 y sus modificaciones). LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS. RESUELVE: Artículo 1ro.: DETERMINAR en la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 46/100 CENTAVOS ($ 994,46) la deuda que en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos a valores históricos y por el período fiscal abril de 2005, mantiene con esta Dirección Provincial de Rentas, el contribuyente BURGOS QUISPE LEONCIO, registro de Ingresos Brutos N-2-2076, CUIT. 20-92942990-8, con domicilio en Avenida España Nº 836 – C.P. 4650 – La Quiaca – Provincia de Jujuy. Artículo 2do.: DEJAR expresa constancia del carácter parcial de la presente determinación, la que no involucra otros períodos o aspectos del impuesto en cuestión. Artículo 3ro.: INTIMAR al responsable para que dentro del plazo de quince días de recibida la presente, ingrese la suma determinada con más los intereses correspondientes, los que se calcularán desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial. Artículo 4to.: APLICAR al contribuyente BURGOS QUISPE LEONCIO, una multa de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 33/100 CENTAVOS ($ 298,33) equivalente al treinta por ciento del impuesto omitido, conforme lo normado por el artículo 47º del Código Fiscal. Artículo 5to.: INTIMARLO para que dentro de los quince días de recibida la presente ingrese la multa aplicada en el artículo anterior, comunicando tal situación en debida forma, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía de apremio fiscal. Artículo 6to.: NOTIFÍQUESE al contribuyente, el derecho que le asiste en orden a lo normado por el artículo 72º del Código Fiscal. Artículo 7mo.: Tomen razón Departamentos Recaudación, Fiscalización, Técnico y División Despacho. Cumplido, archívese. Firmado. CRA. MARÍA TERESA AGOSTINI Directora Provincial de Rentas. Por otra parte se le comunica que esta Dirección hará uso de las facultades conferidas en el articulo 95º in fine del Código Fiscal que expresa “….si las citaciones, notificaciones, etc. no pudieran practicarse en la forma antedicha por no conocerse el domicilio del contribuyente se efectuarán por medio de edictos publicados durante cinco (5) días en el Boletín Oficial sin perjuicio de que también se practique la diligencia en el lugar donde se presuma que pueda residir el contribuyente”, y el articulo 16º del Decreto Reglamentario Nº 1144-H-82 que establece “Cuando se notificare por medio de edictos el acto por el cual se inicie de oficio un procedimiento, se emplazará simultáneamente al contribuyente o responsable para que comparezca y denuncie su domicilio real o legal dentro del término de diez (10) días, bajo apercibimiento de que las demás Resoluciones que se dicten en el curso del procedimiento quedarán notificadas automáticamente en la sede de la oficina ante la cual se tramiten las actuaciones los días martes y viernes o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere inhábil administrativo”. Fdo. CRA. MARÍA TERESA AGOSTINI Directora Provincial de Rentas.

08/11/13/15/20 JUN. S/C