BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 01/06/2007
DR. JOSE LUIS CARDERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº UNO – SECRETARIA Nº UNO, en los autos caratulados B-107819/03: EJECUTIVO ANTONIO CUCCHIARO E HIJOS c/ CORNU JUANA RAMONA – ROJAS, SAMUEL; hace saber la siguiente RESOLUCIÓN: S. S. DE JUJUY, 12/12/05. AUTOS Y VISTOS…RESULTA…CONSIDERANDO… RESUELVE: 1- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por ANTONIO CUCCHIARO E HIJOS en contra de CORNU JUANA RAMONA, ROJAS, SAMUEL, hasta hacerse el acreedor de integro pago de capital reclamado o sea la suma de PESOS UN MIL CIENTO VEINTISIETE C/06/100 dicho monto devengara desde la mora del deudor (Art. 509 del C.C.), hasta la fecha de cancelación de la obligación, el interés que surge de aplicar la tasa activa promedio igual al que fija mensualmente el Bco. Nación de la República Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales, en concepto de moratorios. II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 102 del C.P.C.).- III.- Diferir la regulación de los letrados intervinientes hasta tanto se practique planilla de liquidación definitiva (Acda. Nº 30/84 del Excmo. S.T.J.) y se de cumplimiento en el presente expediente con la resolución Nº 689 de la A.F.I.P. – D.G.I. –IV.- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar la presente por art. 155 del C.P.C. y en lo sucesivo Ministerio Ley, Art. 154 del c.p.c.- FDO.: DR. JOSE LUIS CARDERO- JUEZ – ANTE MI: DRA. OLGA PEREIRA, Secretaria. ES COPIA.-
A tales efectos publíquese EDICTOS en el BOLETÍN OFICIAL y un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DIAS.-
SECRETARIA Nº 1, Mayo DEL 2007.- Dra. M. JOSEFINA VERCELLONE.- SECRETARIA.
30 Mayo 01/04 Junio- Liq. Nº 63357 $ 17,70








