BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 28/05/2007

ASAMBLEAS

COOPERATIVA TELEFÓNICA DE PERICO LTDA.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

En cumplimiento de lo resuelto por el CONSEJO DE ADMINISTRACION en reunión ordinaria del día 18 de abril de 2007 y de conformidad con lo previsto en la Ley 20337 y en los arts.31, 32, 33, 34 y ccs. del Estatuto Social, la COOPERATIVA TELEFÓNICA DE PERICO LTDA. convoca a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA que se celebrará el día 08 de junio de 2007, a horas 19,00 en la sede social sita en 9 de Julio Nº 150 de Perico, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1º.- Elección de dos asociados para firmar el Acta de la Asamblea, juntamente con el Presidente y el Secretario.

2°. – Informe del Consejo de Administración sobre la evolución de la relación costo/precio de la unidad de tarifación de la telefonía fija.

3º.- Aprobación del Incremento del Capital Social puesta a consideración por el Consejo de Administración en reunión del día 18 de abril de 2007, ad – referendum de la Asamblea, para financiar la ampliación de planta externa y de la central.

4º.- Informe del Consejo de Administración sobre el acceso de la Cooperativa a la prestación de telefonía móvil, y consideraciones sobre las alternativas de financiamiento del mismo.

5º.- Propuesta del Consejo para solucionar la morosidad de los servicios prestados a pequeños usuarios residenciales.

6º.- Lectura del Informe de Auditoria elaborado por un Estudio Contable contratado ad – hoc, para la verificación de los Estados Contables de la Cooperativa al 31-12-2006.

Ing Rainer Kunz

Presidente

Normas Estatutarias de Aplicación

Artículo 31: CATEGORÍAS.- …Las Asambleas Extraordinarias tendrán lugar cada vez que lo disponga el Consejo de Administración o el Síndico, o cuando lo soliciten los asociados, cuyo número equivalga al diez por ciento del total….

Artículo 32: LA CONVOCATORIA.- Las asambleas ordinarias y extraordinarias serán convocadas con quince días de anticipación por lo menos, a la fecha de su realización. La convocatoria incluirá el Orden del Día a considerar y determinará la fecha, hora, lugar de realización y carácter de la Asamblea. Con la misma anticipación serán anticipados el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual y el órgano local competente, acompañando en su caso, la documentación mencionada en el artículo veintiséis de este Estatuto y toda otra documentación que deba ser considerada. Dichos documentos y padrón electoral serán puestos a la vista y a disposición de los asociados en la sede de la Cooperativa. Los Asociados serán citados por escrito a la Asamblea haciéndoles saber la convocatoria y el Orden del Día pertinente y el lugar donde se encuentre a su disposición la documentación a considerar.

Artículo 33: HORARIO Y QUORUM.- Las Asambleas se realizarán válidamente, sea cual fuere el número de asistentes una hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los asociados.

Artículo 34: ORDEN DEL DÍA.- Será nula toda decisión sobre materia extraña a la incluida en el orden del día, salvo la elección de los encargados de suscribir el acta.

21/23/28 Mayo Liq. Nº 63285 $ 305,10