BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 18/05/2007

CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES

Entre la Sra. MARIA SILVIA DALAL Socia Comanditada, Argentina, soltera, de profesión Farmacéutica, D.N.I. N° 24.611.330, con domicilio en calle Patricias Argentinas N°221, de esta Ciudad, por una parte, denominado en adelante el “cedente” y por la otra parte el señor Juan Orlando Garay Argentino, casado, de profesión Farmacéutico , DNI Nº 12.005.494, con domicilio en calle Francisco Casado. Nº1.794 de esta ciudad capital, denominado en adelante el “cesionario” convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales conforme a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERO: El cedente Sra. MARIA SILVIA DALAL cede y el cesionario Juan Orlado Garay adquiere la totalidad de las cuotas sociales que posee o sea el cinco por ciento del capital social que el cedente Sra. MARIA SILVIA DALAL posee en propiedad en la “Farmacia Santa María Sociedad en Comandita Simple ” inscripta bajo el número en el Registro Publico de Comercio de la ciudad de San Salvador de Jujuy al Folio 91; Acta N° 91; Libro I de Farmacia y Droguería en fecha 21 de Octubre de 1999 Registrada bajo Asiento N° 2; Folio 05/09; del legajo II, del registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías.

SEGUNDO: La cesión se realiza a título oneroso por el precio total de pesos SEISCIENTOS ($ 600,00) que el cesionario paga en este acto en dinero en efectivo y de contado, sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago.

TERCERO: El cedente transmite al cesionario todos sus derechos y acciones que posee en la sociedad, no teniendo nada que reclamar en el futuro, renunciando a cualquier reclamación anterior y poniendo al cesionario en el mismo e idéntico lugar, grado y prelación que tiene en la sociedad.

CUARTO: El cesionario manifiesta por la presente conocer la cláusulas y condiciones expresadas en el contrato constitutivo las que acepta plena y expresamente.

QUINTO: La Sra. NOEMI TERESITA ARAGUEZ Socia Comanditaria, argentina, L C Nº 6.481.083, toma conocimiento de la presente cesión y presta expreso consentimiento a la misma.

SEXTO: Las partes convienen en dar autorización al Dr. HECTOR DARIO MARCELO QUIROS a fin de que inscriba la presente cesión .

En la ciudad de San Salvador de Jujuy , a los 7 días del mes de Abril de 2007, se firman en prueba de conformidad dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Actuación Notarial Nº A-00489601 – Esc. ANDREA CARINA LACSI – Ads. Reg. Nº 25.

Ordénase la publicación en el boletín Oficial por un día de conformidad al art. 6 y 14 de la ley Nº 19550.-

San Salvador de Jujuy 25 de Abril de 2007.-

Dr. RAMON ANTONIO SOSA

JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA – POR HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.

18 Mayo – Liq. Nº 63275 – $ 52,70