BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 16/05/2007

Dr. Julio Hector Luna, Actuario titular de la secretaria Nº 16, Juzgado C.C. Nº 8 en el Expediente Nº A- 32222/06, Caratulado: “INCIDENTE DE LEVANTAMIENTO DE EMBARGO PREVENTIVO DEDUCIDO EN EL EXPTE. Nº A-28899/06, ORLANDO RENE MELCHOR c/ JUANA LILIANA BATALLANOS”, el Señor Juez de la causa, ha dictado el siguiente decreto “SAN PEDRO DE JUJUY, 04 de Diciembre de 2006. – I.- Téngase por presentada a la Dra. NATIVIDAD NOEMI RAMOS, en nombre y representación del Sr. ORLANDO RENE MELCHOR a mérito de la Carta Poder certificada que arrima en autos, constituyendo domicilio legal a los efectos procesales.- II.- Dese a la misma el tramite conforme al art. 207 y 208 del C.P.C. en consecuencia del “INCIDENTE DE LEVANTAMIENTO DE EMBARGO PREVENTIVO, deducido en el Expte. Nº 28899/06 caratulado. SUMARIO POR ALIMENTOS JUANA LILIANA BATALLANOS C/ ORLANDO RENE MELCHOR”, córrase traslado a la demandada por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de ley.- III.- Asimismo suspéndanse los pagos en concepto de cuota alimentaria en la causa principal a favor de la Sra. JUANA LILIANA BATALLANOS, hasta tanto se resuelva la presente causa incidental, líbrese oficio a sus efectos.- IV.- Notifíquese.- FDO. DR. EDUARDO H. CONDE- JUEZ- ANTE MI: DR. JULIO HECTOR LUNA- STRIO.

“PUBLIQUESE EDICTOS EN EL BOLETIN OFICIAL Y UN DIARIO LOCAL POR TRES VECES EN CINCO DIAS.- “SAN PEDRO DE JUJUY, 7 DE MAYO DE 2007.-

11/14/16 Mayo – Liq. Nº 58466 – $ 17,70