BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 04/05/2007

Dra. NORMA BEATRIZ ISSA, Pste. de tramite en la Vocalia Nº 9, de la Sala IIIra de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcia de Jujuy, en el Expte B-124957/04 caratulado: ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: JOSE ANTONIO ARGALCHI c/ JOSE DANIEL SEVERICH y ANALIA CARRASCO, hace sabe al Sr. JOSE DANIEL SEVERICH y la Sra. ANALIA CARRASCO lo siguiente: PROVEIDO DE Fs. 44 San Salvador de Jujuy, 15 de Noviembre de 2004.- I)- Por presentado el Dr. NORMANDO HUGO CONDORI, en nombre y representación del Sr. JOSE ANTONIO ARGALCHI, conforme se acredita con instrumento de poder que rola agregada en autos y por constituido domicilio legal. II)- De la DEMANDA entablada (fs 38/42): TRASLADO al accionado, JOSE DANIEL SEVERICH y ANALIA CARRASCO, para que la contesten en el plazo de QUINCE (15) DIAS, bajo apercibimiento de tenerla por contestada

(Art 298 del C.P.C.).- En igual plazo deberá constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de esta CAMARA, bajo apercibimiento de notificar las posteriores resoluciones por MINISTERIO LEGIS (Art 52 del C.P.C.).- III)- Previo a proveer el Beneficio de Justicia Gratuita solicitado, el Sr. JOSE ANTONIO ARGALCHI deberá presentar declaración jurada de su situación patrimonial bajo la fe de juramento y bajo apercibimiento de lo que dispone el Art 172 en función del Art 174 inc. 5 del Código Penal, informando si es propietaria de inmuebles, cuentas bancarias, comercios, muebles regístrales, automotores o acciones en sociedades comerciales y en caso afirmativo, deberá indicar su ubicación o el lugar en que se encuentran. También deberá indicar bajo el mismo juramento, su forma de vida actual, ingresos y composición de su grupo familiar, en el término de CINCO (5) DIAS de notificada, bajo apercibimiento de imponérsele el pago de las contribuciones fiscales correspondientes.- IV)- Notifíquese (Art 155 y 156 del C.P.C.).- Fdo Dra. NORMA BEATRIZ ISSA, Pste de Tramite – Ante mi Dra. NORMA AIZAMA – Secretaria – Los plazos mencionados se computarán a partir del décimo día posterior a la última publicación de los Edictos que para tal efecto se publicaron en el Boletín Oficial y en un diario de la Provincia de Jujuy por tres veces en diez días.- Se hace saber que el Sr. JOSE ANTONIO ARGALCHI goza del Beneficio de Justicia Gratuita.-

San Salvador de Jujuy, 18 de Diciembre del año 2006.-

04/09/14 Mayo – Liq. Nº 58406 $ 17,70