BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 04/05/2007
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, Secretaría Nº 4, en el Expte. Nº B- 142485/05, caratulado: “EJECUTIVO: ANAUATI S.R.L. C/ CUSSI MAGDALENA Y MOLINA MARIO EUGENIO “, se notifica por este medio al demandado MOLINA MARIO EUGENIO, el siguiente DECRETO: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de AGOSTO de 2.005.-1.- Por presentado el DR. JUAN ERNESTO NIETO, por parte y por constituido domicilio legal en nombre y representación de la firma ANAUATI S.R.L., a mérito de la Copia de poder Gral. para Juicios que acompaña. 2.- Atento a lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra del demandado MARIO EUGENIO MOLINA, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA ($ 330), en concepto de Capital, con más la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00), calculada para acrecidas del Juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas sumas y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en l Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, haciéndole saber que las copia para traslado se encuentran en Secretaría y los términos comienzan a correr a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-3.- Asimismo, intímase al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.)- 4.- Notifíquese mediante la publicación de edictos en un diario local y en el Boletín Oficial, por el término de CINCO DIAS.- Fdo. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, Juez. Ante mí Dra. FLORENCIA CARRILLO, Secretaria”.-
Providencia de fs. 39: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de ABRIL de 2.007 .- Proveyendo a lo solicitado, notifíquese la providencia a de fs.07, mediante la publicación de edictos, haciéndole saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación. A tal fin, publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en el término de CINCO DIAS.- Fdo. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, Juez. Ante mí, Esc. SILVIA TABBIA. Secretaria”.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de ABRIL de 2.007.-
30 Abril 02/04 Mayo – Liq. 58369 – $ 17,70








