BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 30/03/2007
CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE CUOTAS SOCIALES DE ” NEXOS S.R.L.” Entre los señores RUBEN FELIX AGÜERO, con documento nacional de identidad número 25.498.392, CUIL Nº 20-25498392-7, soltero, y RUBEN ANTONIO AGÜERO, con documento nacional de identidad número 8.518.426, CUIT Nº 20-08518426-2, casado en primeras nupcias con María Delia Abdala, ambos argentinos, domiciliados en Avenida Senador Pérez 225, 8º Piso, Departamento “B” de esta ciudad, por una parte; y por otra parte, CELIN BALUT, argentino, con documento nacional de identidad número 28.073.703, CUIL Nº 20-28073703-4, de 26 años de edad, soltero, estudiante; LAURA BALUT, argentina, con documento nacional de identidad número 28.646.756, CUIL nº 27-28646756-9, soltera, estudiante, de 25 años de edad y SOFIA BALUT, argentina, con documento nacional de identidad número 28.646755, CUIL nº 27-28646755-0, soltera, Licenciada en Turismo, de 25 años de edad, todos domiciliados en calle Belgrano 1434 de esta ciudad, convienen en celebrar el siguiente contrato privado de compraventa de cuotas sociales, el que se subordina a esta cláusulas:
PRIMERA: Los señores Rubén Felix Agüero y Rubén Antonio Agüero son titulares de la totalidad de las cuotas sociales de la razón social que gira en esta plaza bajo la denominación de “NEXOS S.R.L.”, en la proporción de veinticuatro (24) cuotas el primero y noventa y seis (96) cuotas el segundo, según así resulta del contrato constitutivo de la misma, suscripto privadamente en fecha 07 de mayo del año 2005 e inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia al Folio 422, Acta nº 410, Libro II de S.R.L. y bajo Asiento nº 34, al Folio 261/264 al Legajo X del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 28 de junio de 2005.- Los nombrados socios declaran que el capital social ha sido integrado totalmente al día de la fecha.-
SEGUNDA: El señor Rubén Felix Agüero VENDE y TRANSFIERE a los señores Celín Balut, Laura Balut y Sofía Balut, quiénes aceptan, la totalidad de las veinticuatro (24) cuotas sociales que tiene suscriptas del capital social de la firma NEXOS S.R.L., por el precio total y único de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 2.400.-), que ha sido abonado con anterioridad a este acto, en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos ochocientos ($ 800.-) cada una, importes por los que el vendedor, otorga a los adquirentes recibo por el precio.- Los compradores declaran que aceptan esta compra en partes iguales.- Por su parte, el señor Rubén Antonio Agüero VENDE y TRANSFIERE a los señores Celín Balut, Laura Balut y Sofía Balut, quiénes aceptan, la cantidad de noventa y tres (93) cuotas sociales de las que tiene suscriptas del capital social de la firma NEXOS S.R.L., por el precio total y único de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 9.300.-), que ha sido abonado con anterioridad a este acto, en diez cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos novecientos treinta ($ 930.-) cada una, importes por los que el vendedor, otorga a los adquirentes recibo por el precio.- Los compradores declaran que aceptan esta compra en partes iguales.-
TERCERA: Los señores Celín Balut, Laura Balut y Sofía Balut, declaran asimismo conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económica- financiera- patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato, como así también el contrato social, cuyo texto ratifican expresamente.-
CUARTA: Los socios Rubén Antonio Agüero, Celín Balut, Laura Balut y Sofía Balut, ratifican en todos sus términos el contrato de constitución de la sociedad, en todo aquello que no hubiera sido modificado por el presente, aclarando que en definitiva y a partir de este documento, el capital social queda suscripto de la siguiente manera: Celín Balut con 39 cuotas sociales; Laura Balut con 39 cuotas sociales, Sofía Balut con 39 cuotas sociales y Ruben Antonio Agüero con 3 cuotas sociales.-
QUINTA: Presente al acto, la señora María Delia Abdala, argentina, con D.N.I. Nº 6.715.544, cónyuge en primeras nupcias de don Rubén Antonio Agüero, exterioriza por éste acto su asentimiento a la venta de cuotas sociales efectuada por su esposo de conformidad a lo prescripto por el artículo 1277 del Código Civil.-
SEXTA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes constituyen domicilio legal en los lugares consignados al comienzo y a tales fines se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de esta ciudad, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.-
OCTAVA: Las partes contratantes facultan al Escribano Jorge Alberto Frías, Titular del Registro Nº 35, a realizar todos los trámites y diligencias a los fines de la inscripción en el Registro Público de Comercio de este contrato.-
En fe de lo cual, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los ocho días de marzo de dos mil siete.-
Act. Not. Nº A- 00484431 Esc. Jorge Alberto Frías Tit. Del Reg. Nº 35 de San Salvador de Jujuy.-
Ordénase la Publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la Ley 19.550.-
San Salvador de Jujuy, 26 de marzo de 2007.-
Dr. Ramón Antonio Sosa.-
Jefe de Mesa Gral. de Entrada
por Habilitación al Juzgado de Comercio.-
30 Mar. LIQ. Nº 58204 $ 52,70








