BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 21/03/2007

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 14, en el Expte. Nº B-155.123/06 caratulado: “ EJECUTIVO: TARJETA NARANJA S.A. C/ MARIA EMILIA RUEDA”, se hace saber a la demandada Sra. MARIA EMILIA RUEDA”, la siguiente providencia: “ SAN SALVADOR DE JUJUY, 7 de septiembre de 2006.-Proveyendo a la presentación de fs. 29: Atento a lo manifestado y constancias de fs. 12 vlta., 22 y 27 vlta. (oficios al Juzgado Federal- Secretaría Electoral- y Policía de la Provincia), notifíquese a la demandada Sra. MARIA EMILIA RUEDA. D.N.I. Nº 22.326.118, LA PROVIDENCIA DE FS. 10 MEDIANTE EDICTOS. (Art. 162 del C.P.C.).- Atento a lo dispuesto precedentemente, dése participación en los autos al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda.-(Art. 196 del C.P.C.).- Notifíquese por cédula y expídase. Edictos.- Fdo: Dra. AMALIA I. MONTES- JUEZ. Ante mi: Dra. MARIA JULIA GARAY- Secretaria”. PROVIDENCIA DE FS. 10/10VTA.: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de mayo de 2006.-..-Proveyendo a la presentación de fs. 8/9: Por presentado el Dr. EKEL MEYER, en nombre y representación de TARJETA NARANJA S.A.. constituyendo domicilio legal y parte, a mérito de fotocopia juramentada de Poder General para Juicios obrante a fs. 4/6.-Atento a la demanda ejecutada por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los art. 472, inc. 4º 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra de la demandada RUEDA MARIA EMILIA en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución y citación de remate por la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.319,92.-), en concepto de capital con más la de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 995,97.-) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes muebles de propiedad del demandado, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo.- Asimismo cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 7, Secretaría nº 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución. Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses, costos y costas, por igual término que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley. (Art.52 del item).- Fdo.: Dra. AMALIA I. MONTES- Juez Ante mi: Dra. MARIA JULIA GARAY- Secretaria” .

Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C,P,C,) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber a la accionada que los términos empiezan a correr a partir del quinto día de la última publicación de edictos. SECRETARIA Dra. MARIA JULIA GARAY. SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de septiembre de 2006.-

16/19/21 MAR. LIQ. Nº 58076 – $ 17,70.