BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 21/03/2007
Ref. Expte. Nº B-148.439/05– caratulado: “EJECUTIVO: BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO c/ VELASQUEZ, CARLOS ADOLFO.”-
Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 7, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-148.439/05, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ VELASQUEZ, CARLOS ADOLFO”, notifica por este medio al demandado CARLOS ADOLFO VELASQUEZ la siguiente RESOLUCION: SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de Febrero de 2007.- AUTO Y VISTOS…RESULTA…CONSIDERANDO…RESUELVE: I. Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO, en contra del SR. CARLOS ADOLFO VELASQUEZ, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y OCHO CTVOS ($ 296,38.) con más las costas del Juicio y el interés de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales (Art. 565 del C. Civil) desde la mora y hasta el efectivo pago.- II. Regular los honorarios profesionales del DR. PABLO MARCELO MENENDEZ, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450,00.-) en conformidad con la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia (L. A. Nº 39, Fº 427/431, Nº 169, 16705/96) cantidad que será liquidada de igual manera que la consignada para el capital y en caso de mora devengará el interés promedio de la tasa pasiva para el uso de la justicia publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina (L. A. Nº 45, Fº 9777978, Nº 429, 29/10/02 y L. A. Nº 45, Fº 1185/1188, Nº 519, 12/12/02), adicionándosele el I. V. A. si correspondiere, a partir de firme y consentida la presente. III. Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 10, mandándose notificar la presente Resolución por Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. IV. Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.) V. Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- FDO. DR. ROBERTO SIUFI- Juez – Ante mí: DRA. OLGA BEATRIZ PEREIRA- Secretaria – Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 02 de Febrero de 2.007. Sra. OLGA BEATRIZ PEREIRA, Secretaria.-
16/19/21 MAR. LIQ. Nº 58090 – $ 17,70.-








