BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/2007

DR. ROBERTO SIUFI, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº CUATRO, SECRETARIA Nº OCHO, EN EL EXPTE. Nº B-159.087/06, caratulado: “EJECUTIVO PREPARA VIA: COLEGIO FASTA SAN ALBERTO MAGNO OP C/ SUAREZ, FERNANDO ROBERTO y TALAY, LETICIA ALICIA DEL VALLE, hace saber la siguiente providencia de fs. 12: SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DE Septiembre del 2006. Atento al estado de autos y lo solicitado precedentemente, hágase efectivo el apercibimiento decretado en contra de los demandados, teniéndose por expedita la Vía Ejecutiva, en consecuencia líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de los Sres. FERNANDO ROBERTO SUAREZ y LETICIA ALICIA DEL VALLE TALAY, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 1.491,80.-) en concepto de Capital reclamado, con más la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 447,50.-), calculada para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad de los demandados hasta cubrir ambas cantidades, designándose Depositario Judicial a los propios afectados y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo cíteselos de remate para que opongan excepciones legítimas si las tuvieren dentro del término de CINCO (5) DÍAS, contados a partir de la notificación, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº4, Secretaría Nº8, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia las facultades inherentes del caso. Notifíquese.- FDO.: DR. ROBERTO SIUFI – JUEZ – ANTE MI MARÍA JULIANA VERCELLONE – SECRETARIA HABILITADA.

PROVIDENCIA DE FS. 28: SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 DE MARZO DE 2.007.- I.- Atento lo solicitado en el escrito que antecede y constancias de autos, publíquese EDICTOS como se pide, en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DIAS.- II.- Notifíquese (Art. 154 y 162 del C.P.C.).- FDO.: DR. ROBERTO SIUFI – JUEZ – ANTE MI MARÍA JULIANA VERCELLONE – SECRETARIA HABILITADA.

A tales efectos publíquese EDICTO en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL de amplia circulación en la Provincia TRES VECES EN CINCO DÍAS.-

SECRETARÍA Nº 8: MARZO 06 de 2.007.- MARÍA JULIANA VERCELLONE – SECRETARIA HABILITADA.

16/19/21 MAR. LIQ. Nº 58089 – $ 17,70.