BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 05/03/2007
DRA. AMALIA INES MONTES – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 13, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a NOEMI FLORES, que en el Expte. Nº B-159419/06, caratulado: ¨ EJECUTIVO: BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ FLORES NOEMI”, se ha dictado la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DE FEBRERO de 2007.- AUTOS Y VISTOS:…CONSIDERANDO…- RESUELVE: I.- Tener por presentada a la Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, Dra. Cristina Marcó en representación de la Sra. Noemí Flores.- II.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el Banco Credicoop Cooperativo Limitado, en contra de Noemí Flores hasta hacerse acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos tres mil ciento cuarenta y siete con setenta y un ctvos. ($ 3.147,71.-) con más el interés de la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago, más I. V. A..- III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C. P. C.).- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Pablo Marcelo Menéndez, en la suma de pesos cuatrocientos sesenta y dos con setenta y un ctvos. ($ 462,71.-) por su labor desarrollada en autos, con más intereses conforme el capital pero hasta la presente fecha, de ahí en más y solo en caso de mora devengará tasa pasiva que publica diariamente el B. C. R. A., conforme lo considerado, con más I. V. A. si correspondiere.- VI.- Notificar por cédula, por edictos y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 154 del C. P. C.).-VII.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VIII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- FDO. DRA. AMALIA INES MONTES- JUEZ – ANTE MI DRA. PAULA TURK MATEO- SECRETARIA HABILITADA. – ¨
Publíquese por EDICTO, en el Boletín Oficial y en un Diario Local, por TRES VECES en el término de CINCO DÍAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de Febrero de 2.007.
02/05/07 Marzo – Liq. 58009 – $ 17,70








