BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 21/02/2007
DR. JOSE LUIS CARDERO – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº UNO – Secretaría Nº UNO, en los autos caratulados B-150928/06: EJECUTIVO: COLEGIO FASTA SAN ALBERTO MAGNO O.P. C/ VILLA NORMA ROSAURA; se hace saber la siguiente providencia de fs. 38: S. S. DE JUJUY, 28/12/06: AUTOS Y VISTOS . . . RESULTA . . . CONSIDERANDO . . . RESUELVE: I- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por COLEGIO FASTA SAN ALBERTO MAGNO O.P. en contra de VILLA NORMA ROSAURA, hasta hacerse el acreedor de íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON /90/100 ($ 4.597,90) dicho monto devengará desde la mora del deudor (art. 509 c.c.) hasta la fecha de cancelación de la obligación el interés que surge de aplicar la tasa activa promedio igual al que fija mensualmente el Bco. Nación de la República Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales.- II- Imponer las costas a la parte demandada (Art. 102 del C.P.C.). III- Diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes hasta tanto se practique planilla de liquidación definitiva (Acda. Nº30/84 del Excmo. S.T.J.) y se de cumplimiento en el presente Expte. con la resolución Nº689 de la AFIP.- D.G.I.. IV- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar la presente por Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local tres veces en CINCO DÍAS y en lo sucesivo por Ministerio de Ley, Art. 154 del C.P.C.- Fdo. DR. JOSE L. CARDERO–Juez – Ante mí: DRA. JOSEFINA VERCELLONE.– SECRETARIA.- ES COPIA.-
A tales efectos publíquense EDICTOS en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DÍAS.-
SECRETARIA Nº 1: FEBRERO 02 DEL 2.007.- DRA. MARIA JOSEFINA VERCELLONE -SECRETARIA.-
16/21/23 FEB. LIQ. Nº 57.181 $ 17,70.-








