BOLETÍN OFICIAL Nº 16 – 07/02/2007

MODIFICACION DEL CONTRATO SOCIAL DE EL PUCARA S.R.L.-

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veinticinco días del mes de enero del año 2007, entre el Señor Raúl Fernando Gutiérrez, D.N.I. Nº 22.420.432, argentino, soltero, comerciante, de 35 años de edad, con domicilio en calle Pachi Gorriti Nº 988 de esta ciudad y el Señor Rolando Heinzelbecker DNI 20.868.234, argentino, casado, comerciante, de 37 años de edad, con domicilio en calle Pachi Gorriti Nº 988 de esta ciudad, en su carácter de únicos integrantes de la sociedad comercial que gira bajo la denominación social EL PUCARA SRL inscripta en el Registro Público de Comercio de la Pcia. de Jujuy al folio 264 acta 252 del Libro II de S.R.L con fecha 24 de marzo de 2003, y bajo el asiento Nº 10 al folio 92/98 del Legajo VIII del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L con fecha 24 de marzo de 2003, y del contrato de modificación de fecha 11 de febrero de 2005 inscripto bajo el asiento Nº 16 al folio 63/65 del Legajo Nº VIII del Registro de Escrituras Mercantiles de fecha 11 de marzo de 2005, resuelven modificar los siguientes artículos, que se expresan a continuación:-

ARTICULO PRIMERO: Sustituyese por el siguiente texto DENOMINACION Y SEDE SOCIAL: La sociedad girará bajo la denominación de EL PUCARA S.R.L. y tendrá su domicilio legal en la calle Bustamante Nº 151, Dpto. 5 de San Salvador de Jujuy, pudiendo establecer agencias, sucursales y corresponsalías en cualquier parte del país o del extranjero por resolución unánime de los socios asignándoles o no capital para su giro comercial.-

ARTICULO TERCERO: Sustituyese por el siguiente texto OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros, en el país o en el exterior a las siguientes actividades: servicios de alojamiento y comida. Además podrá realizar en la misma forma la explotación de servicios turísticos en general a nivel provincial, nacional e internacional, relacionado con las actividades de transporte de personas y cosas, a la intermediación en la reserva o locación de servicios de cualquier transporte en el país o extranjero, a la intermediación en la contratación de servicios hoteleros en el país o extranjero; en la organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los denominados viajes a forfait, en el país o extranjero, la recepción o asistencia de turistas durante los viajes y permanencia en el país, incluidos sus equipajes y con guías turísticos, la representación de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras a fin de prestar a su nombre cualquier de estos servicios; y de cualquier otra actividad relacionada con el turismo.-

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha del encabezamiento.-

ACT. NOT. Nº A-00474225

Escribana Púb. Irene Elvira ROJO BRIZUELA Ads. al Reg. Nº 27 – S. S. de Jujuy

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.

San Salvador de Jujuy, 07 de Febrero de 2.007.-

Dr. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa Gral. de Entrada

Por Habilitación al Juzgado de Comercio

07 Febrero – Liq. Nº 57.155 $ 52,70.-