BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 08/01/2007
N° 1495. ESCRITURA NUMERO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO. ACTA ACLARATORIA.- FORMULARA POR VICTORIO CITRO Y OTROS . En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil seis , ante mí, PATRICIO LACSI, Escribano Publico Autorizante, titular del Registro número veinticinco, comparecen los señores, cónyuges en primeras nupcias, VICTORIO CITRO, italiano, cédula de identidad numero tres millones ochocientos noventa y un mil setecientos cincuenta y nueve, de la Policía Federal, , cuil:20-152550135-9, y señora MATILDE ZAMAR, argentina, documento nacional de identidad número nueve millones seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y dos, cuiI:27-09.648.482-3, ambos domiciliados en calle Mercedes Rubianes numero ciento treinta y tres , de esta Ciudad; y ALEJANDRA RAQUEL CITRO, argentina, documento nacional de identidad numero diecisiete millones cuatrocientos dos mil ciento seis, cuil:27-17.402.106-1, casada en primeras nupcias con el señor Daniel Edgardo Giménez, con igual domicilio que el anterior. Todos son hábiles, mayores de edad, de mi conocimiento, doy fe Y dicen. PRIMERO: que por escritura número sesenta y uno, de fecha dieciocho de enero del presente año, autorizada por ante el Escribano Patricio Lacsi, realizaron una cesión de Cuotas Sociales de la entidad denominada PETROLERA ITALMAC S.R.L., actuando la ultima de los nombrados por sus propios derechos y en nombre y representación de sus hijos menores de edad, llamadas Lucia Belén Giménez Citro y Maria Victoria Giménez Citro .- SEGUNDO: Agregan que vienen por el presente instrumento para realizar la siguiente aclaratoria en relación al punto CUARTO , apartado 2) : los cedentes dejan expresamente aclarado que doña Alejandra Raquel Citro revestirá en forma única y exclusiva el carácter de socia gerente , con uso de la firma social y que como tal será la Única que administrará las cuotas sociales; tanto las propias como las de sus hijas Maria Victoria Giménez Citro y Lucia Belén Giménez Citro, en su doble carácter de socia gerente y de madre de las citadas menores en virtud del legal ejercicio de los derechos derivados de la patria potestad (Art. 264 del Código Civil), hasta tanto las menores cumplan con la mayoría de edad para resguardar el patrimonio social de sus hijos (28 cuotas sociales) contando con el consentimiento de su cónyuge, Daniel Edgardo Giménez, D.N.I. Nº 14.324.135, quien así lo manifiesta expresamente en ese acto. Previa lectura y ratificación firman como acostumbran por ante mí, Escribano Publico Autorizante, doy fe.-
PATRICIO LACSI, Escribano Público Nacional , Titular del Registro Nº25, de S.S. de Jujuy.
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de diciembre de 2006.-
DR. RAMON ANTONIO SOSA
Jefe de Mesa Gral. de Entrada
Por Habilitación al Juzgado de Comercio
08 ENERO LIQ. Nº 57106 $ 101,70








