LEY Nº 708

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 708
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para vender a la Sociedad
Leach’s Hnos., el martillo de terreno de cuatro metros con cincuenta
centímetros de largo, por seis metros con veinte centímetros de frente
del edificio que ocupaba la Escuela Normal Mixta marcado en el plano
adjunto al expediente Nº 135 P, por el precio que fije el Departamento
de Obras Públicas, por metro cuadrado de superficie cubierta y con la
condición de que los compradores construyan por su cuenta la nueva
medianera de material cocido, reboques, etc., de manera que la
Provincia no deba pagar ninguna suma por éste concepto ni por gastos
de escrituración, registros, etc.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy Agosto 25 de 1925.-
J. CUEVAS CEJAS FROILAN A. CALVETTI
Secretario Presidente